Todos los gastos que puedes deducirte en la declaración de la renta 2024 si vives en Baleares

Consulta, uno por uno, los más de 20 beneficios fiscales que tienes por residir en el archipiélago

Penélope O. Álvarez | Mallorca, 03 de Abril de 2025 | 15:13h

Los residentes en Baleares pueden beneficiarse de un amplio abanico de deducciones en el IRPF que abarcan desde situaciones personales y familiares hasta inversiones en vivienda, educación, emprendimiento y donaciones con fines sociales o culturales. Están diseñadas para reducir la carga fiscal de quienes afrontan gastos extraordinarios o apoyan causas de interés público, están sujetas a determinados requisitos de renta y documentación.

La normativa autonómica recoge más de veinte beneficios fiscales, entre los que se incluyen ayudas por discapacidad, nacimiento o adopción de hijos, arrendamientos, estudios superiores fuera de la isla, autoocupación y mecenazgo deportivo, cultural y científico. 

POR CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES

Los contribuyentes del archipiélago balear pueden beneficiarse de diversos beneficios fiscales por circunstancias personales y familiares con la discapacidad, el nacimiento o adopción de hijos, el cuidado de personas mayores y enfermedades específicas como la esclerosis lateral amiotrófica (ELA). Estas tienen como objetivo aliviar la carga fiscal de quienes asumen gastos extraordinarios por razones familiares o de salud. Algunas están sujetas a límites de renta y requieren documentación justificativa.

Deducción Importe Requisitos principales
Por discapacidad del declarante o descendientes - 88 € (discapacidad del 33% al 65%)
- 165 € (?65% física/sensorial o ?33% psíquica)
Base imponible ? 33.000 € (individual) o 52.800 € (conjunta)
Por nacimiento - 800 € por el primer hijo
- 1.000 € por el segundo
- 1.200 € por el tercero
- 1.400 € a partir del cuarto
Debe generarse derecho al mínimo por descendientes
Por adopción - 800 € por el primer hijo adoptado
- 1.000 € por el segundo
- 1.200 € por el tercero
- 1.400 € a partir del cuarto
Debe generarse derecho al mínimo por descendientes
Por gastos de ascendientes mayores de 65 años 40% de los gastos (máx. 660 €) Solo aplicable si el contribuyente falleció antes del 13/12/2024
Por gastos de personas >65 años o con discapacidad 40% de los gastos (máx. 660 €) Discapacidad ?33% o personas a cargo con esa condición
Por gastos derivados de ELA 100% de los gastos (máx. 3.500 €) Padecer ELA (declarante o familiar)
Base imponible ? 52.800 € (individual) o 84.480 € (conjunta)
Gastos debidamente justificados


POR LA VIVIENDA HABITUAL

Balears contempla varias deducciones fiscales destinadas a facilitar el acceso a la vivienda, incentivar la sostenibilidad energética y compensar el aumento de los costes hipotecarios. Estas ayudas están dirigidas tanto a jóvenes y personas mayores que alquilan, como a quienes invierten en mejoras en su vivienda habitual o se trasladan temporalmente por motivos laborales dentro del archipiélago. Algunas también buscan aliviar el impacto del encarecimiento de los préstamos a tipo variable.

Deducción Importe Requisitos principales
Por inversiones en sostenibilidad de la vivienda habitual 50% de la inversión (máx. 10.000 € anuales) Vivienda habitual situada en el archipiélago
Inversiones destinadas a eficiencia energética
Documentación justificativa obligatoria
Por arrendamiento de la vivienda habitual 15% del alquiler (máx. 530 € anuales) Menores de 36 años o mayores de 65 sin actividad laboral
Vivienda habitual en el archipiélago
Contrato legal con fianza depositada en el IBAVI
Por incremento del coste de préstamos hipotecarios a interés variable Diferencia de intereses respecto al año anterior (máx. 400 €) Préstamo para vivienda habitual
Tipo de interés variable
Base imponible ? 33.000 € (individual) o 52.800 € (conjunta)
Certificado bancario necesario
Por alquiler por traslado temporal laboral 15% del alquiler (máx. 440 € anuales) Traslado temporal dentro del archipiélago por trabajo
Residencia habitual durante el traslado
Contrato legal con fianza depositada en el IBAVI


POR DONATIVOS Y DONACIONES

La normativa fiscal balear contempla deducciones en el IRPF para quienes realicen donaciones a entidades que contribuyen al desarrollo científico, cultural, deportivo, lingüístico o social. Estas buscan fomentar la participación ciudadana en el apoyo a proyectos de interés general mediante incentivos económicos. Para poder aplicarlas, es imprescindible que las entidades beneficiarias estén debidamente registradas y que el contribuyente disponga del correspondiente certificado acreditativo de la donación.

Deducción Importe Requisitos principales
Donaciones a entidades de investigación, desarrollo o innovación 25% de la donación (máx. 15% de la cuota autonómica) Entidades sin ánimo de lucro, UIB o Administración balear
Debe haber certificado acreditativo de la donación
Mecenazgo cultural, científico, tecnológico y consumo cultural - 15% (límite: 600 €)
- 25% si el beneficiario es la Administración balear (límite: 1.200 €)
Destino cultural, científico o tecnológico en el archipiélago
Certificado acreditativo obligatorio
Mecenazgo deportivo 15% de la donación (máx. 660 €) Donaciones destinadas a actividades deportivas
Necesario certificado de la entidad beneficiaria
Donaciones para el fomento de la lengua catalana 15% de la donación (máx. 10% de la cuota autonómica) Entidades inscritas y con fines lingüísticos en el archipiélago
Certificado y posible resolución de la consejería lingüística
Donaciones a entidades del tercer sector 25% de la donación (máx. base de 165 €) Entidades sin ánimo de lucro inscritas en Servicios Sociales
Certificado acreditativo obligatorio


OTROS CONCEPTOS DEDUCIBLES EN BALEARES

La normativa fiscal de Baleares contempla diversas deducciones para apoyar a las familias en gastos educativos, fomentar el alquiler de vivienda permanente, impulsar el emprendimiento, promover la inversión en empresas locales y reconocer el desempeño profesional en puestos de difícil cobertura. También se contemplan ayudas para quienes hayan recibido subvenciones por catástrofes. Estas están sujetas a límites de renta y requisitos específicos, por lo que es esencial conservar la documentación justificativa correspondiente.

Deducción Importe Requisitos principales
Subvenciones por zonas afectadas por emergencias Importe total de la ayuda recibida Zona declarada oficialmente como afectada
Ayuda destinada a compensar daños
Libros de texto 100% del gasto (máx. 220 € por hijo) Educación obligatoria
Límite de renta: 33.000 € individual / 52.800 € conjunta
Factura obligatoria
Aprendizaje extraescolar de idiomas 15% del gasto (máx. 110 € por hijo) Hijos que generen mínimo por descendientes
Límite de renta: 12.500 € individual / 25.000 € conjunta
Factura obligatoria
Estudios superiores fuera de la isla 1.800 € por descendiente Estudios no disponibles en la isla
Límite de renta: 33.000 € individual / 52.800 € conjunta
Arrendador - Primas de seguros 75% de la prima (máx. 400 €) Vivienda permanente en Baleares
Renta ? 52.800 € individual / 84.480 € conjunta
Contrato formalizado legalmente
Arrendador - Otros gastos 10% de los gastos (máx. 150 €) Mismos requisitos que primas de seguros
Gastos como defensa jurídica o contrato


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