Todos los gastos que puedes deducirte en la declaración de la renta 2024 si vives en Baleares
Consulta, uno por uno, los más de 20 beneficios fiscales que tienes por residir en el archipiélago
Penélope O. Álvarez | Mallorca, 03 de Abril de 2025 | 15:13h

Los residentes en Baleares pueden beneficiarse de un amplio abanico de deducciones en el IRPF que abarcan desde situaciones personales y familiares hasta inversiones en vivienda, educación, emprendimiento y donaciones con fines sociales o culturales. Están diseñadas para reducir la carga fiscal de quienes afrontan gastos extraordinarios o apoyan causas de interés público, están sujetas a determinados requisitos de renta y documentación.
La normativa autonómica recoge más de veinte beneficios fiscales, entre los que se incluyen ayudas por discapacidad, nacimiento o adopción de hijos, arrendamientos, estudios superiores fuera de la isla, autoocupación y mecenazgo deportivo, cultural y científico.
POR CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES
Los contribuyentes del archipiélago balear pueden beneficiarse de diversos beneficios fiscales por circunstancias personales y familiares con la discapacidad, el nacimiento o adopción de hijos, el cuidado de personas mayores y enfermedades específicas como la esclerosis lateral amiotrófica (ELA). Estas tienen como objetivo aliviar la carga fiscal de quienes asumen gastos extraordinarios por razones familiares o de salud. Algunas están sujetas a límites de renta y requieren documentación justificativa.
| Deducción | Importe | Requisitos principales |
|---|---|---|
| Por discapacidad del declarante o descendientes | - 88 € (discapacidad del 33% al 65%) - 165 € (?65% física/sensorial o ?33% psíquica) | Base imponible ? 33.000 € (individual) o 52.800 € (conjunta) |
| Por nacimiento | - 800 € por el primer hijo - 1.000 € por el segundo - 1.200 € por el tercero - 1.400 € a partir del cuarto | Debe generarse derecho al mínimo por descendientes |
| Por adopción | - 800 € por el primer hijo adoptado - 1.000 € por el segundo - 1.200 € por el tercero - 1.400 € a partir del cuarto | Debe generarse derecho al mínimo por descendientes |
| Por gastos de ascendientes mayores de 65 años | 40% de los gastos (máx. 660 €) | Solo aplicable si el contribuyente falleció antes del 13/12/2024 |
| Por gastos de personas >65 años o con discapacidad | 40% de los gastos (máx. 660 €) | Discapacidad ?33% o personas a cargo con esa condición |
| Por gastos derivados de ELA | 100% de los gastos (máx. 3.500 €) | Padecer ELA (declarante o familiar) Base imponible ? 52.800 € (individual) o 84.480 € (conjunta) Gastos debidamente justificados |
POR LA VIVIENDA HABITUAL
Balears contempla varias deducciones fiscales destinadas a facilitar el acceso a la vivienda, incentivar la sostenibilidad energética y compensar el aumento de los costes hipotecarios. Estas ayudas están dirigidas tanto a jóvenes y personas mayores que alquilan, como a quienes invierten en mejoras en su vivienda habitual o se trasladan temporalmente por motivos laborales dentro del archipiélago. Algunas también buscan aliviar el impacto del encarecimiento de los préstamos a tipo variable.
| Deducción | Importe | Requisitos principales |
|---|---|---|
| Por inversiones en sostenibilidad de la vivienda habitual | 50% de la inversión (máx. 10.000 € anuales) | Vivienda habitual situada en el archipiélago Inversiones destinadas a eficiencia energética Documentación justificativa obligatoria |
| Por arrendamiento de la vivienda habitual | 15% del alquiler (máx. 530 € anuales) | Menores de 36 años o mayores de 65 sin actividad laboral Vivienda habitual en el archipiélago Contrato legal con fianza depositada en el IBAVI |
| Por incremento del coste de préstamos hipotecarios a interés variable | Diferencia de intereses respecto al año anterior (máx. 400 €) | Préstamo para vivienda habitual Tipo de interés variable Base imponible ? 33.000 € (individual) o 52.800 € (conjunta) Certificado bancario necesario |
| Por alquiler por traslado temporal laboral | 15% del alquiler (máx. 440 € anuales) | Traslado temporal dentro del archipiélago por trabajo Residencia habitual durante el traslado Contrato legal con fianza depositada en el IBAVI |
POR DONATIVOS Y DONACIONES
La normativa fiscal balear contempla deducciones en el IRPF para quienes realicen donaciones a entidades que contribuyen al desarrollo científico, cultural, deportivo, lingüístico o social. Estas buscan fomentar la participación ciudadana en el apoyo a proyectos de interés general mediante incentivos económicos. Para poder aplicarlas, es imprescindible que las entidades beneficiarias estén debidamente registradas y que el contribuyente disponga del correspondiente certificado acreditativo de la donación.
| Deducción | Importe | Requisitos principales |
|---|---|---|
| Donaciones a entidades de investigación, desarrollo o innovación | 25% de la donación (máx. 15% de la cuota autonómica) | Entidades sin ánimo de lucro, UIB o Administración balear Debe haber certificado acreditativo de la donación |
| Mecenazgo cultural, científico, tecnológico y consumo cultural | - 15% (límite: 600 €) - 25% si el beneficiario es la Administración balear (límite: 1.200 €) | Destino cultural, científico o tecnológico en el archipiélago Certificado acreditativo obligatorio |
| Mecenazgo deportivo | 15% de la donación (máx. 660 €) | Donaciones destinadas a actividades deportivas Necesario certificado de la entidad beneficiaria |
| Donaciones para el fomento de la lengua catalana | 15% de la donación (máx. 10% de la cuota autonómica) | Entidades inscritas y con fines lingüísticos en el archipiélago Certificado y posible resolución de la consejería lingüística |
| Donaciones a entidades del tercer sector | 25% de la donación (máx. base de 165 €) | Entidades sin ánimo de lucro inscritas en Servicios Sociales Certificado acreditativo obligatorio |
OTROS CONCEPTOS DEDUCIBLES EN BALEARES
La normativa fiscal de Baleares contempla diversas deducciones para apoyar a las familias en gastos educativos, fomentar el alquiler de vivienda permanente, impulsar el emprendimiento, promover la inversión en empresas locales y reconocer el desempeño profesional en puestos de difícil cobertura. También se contemplan ayudas para quienes hayan recibido subvenciones por catástrofes. Estas están sujetas a límites de renta y requisitos específicos, por lo que es esencial conservar la documentación justificativa correspondiente.
| Deducción | Importe | Requisitos principales |
|---|---|---|
| Subvenciones por zonas afectadas por emergencias | Importe total de la ayuda recibida | Zona declarada oficialmente como afectada Ayuda destinada a compensar daños |
| Libros de texto | 100% del gasto (máx. 220 € por hijo) | Educación obligatoria Límite de renta: 33.000 € individual / 52.800 € conjunta Factura obligatoria |
| Aprendizaje extraescolar de idiomas | 15% del gasto (máx. 110 € por hijo) | Hijos que generen mínimo por descendientes Límite de renta: 12.500 € individual / 25.000 € conjunta Factura obligatoria |
| Estudios superiores fuera de la isla | 1.800 € por descendiente | Estudios no disponibles en la isla Límite de renta: 33.000 € individual / 52.800 € conjunta |
| Arrendador - Primas de seguros | 75% de la prima (máx. 400 €) | Vivienda permanente en Baleares Renta ? 52.800 € individual / 84.480 € conjunta Contrato formalizado legalmente |
| Arrendador - Otros gastos | 10% de los gastos (máx. 150 €) | Mismos requisitos que primas de seguros Gastos como defensa jurídica o contrato |







