El Supremo obliga al Gobierno a hacerse cargo de 1.000 menores inmigrantes en 10 días
El tribunal alerta del hacinamiento de los menores, exigiendo su incorporación inmediata al sistema de acogida estatal
cronicabalear.es | Mallorca, 26 de Marzo de 2025 | 13:06h

El Tribunal Supremo ha requerido al Gobierno central para que, en un plazo "improrrogable" de 10 días, asuma la responsabilidad de aproximadamente 1.000 menores no acompañados solicitantes de asilo que actualmente se encuentran bajo la tutela de los servicios de protección de menores de Canarias.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha aceptado la medida cautelar solicitada por el Gobierno de Canarias y ha ordenado al Ejecutivo "garantizar el acceso y permanencia" de estos menores en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional.
REQUERIMIENTO DEL SUPREMO Y OBLIGACIONES DEL ESTADO
El tribunal ha establecido que el Gobierno deberá informar en el mismo plazo de las medidas adoptadas para cumplir con el requerimiento. Posteriormente, la Sala decidirá si es necesario celebrar una vista pública para evaluar el grado de cumplimiento de la orden judicial.
Asimismo, el Supremo enfatiza que todas estas acciones deberán realizarse con la colaboración y cooperación del Gobierno canario, bajo el principio del superior interés del menor.
EL RECURSO DEL GOBIERNO CANARIO
El Gobierno de Canarias recurrió al Tribunal Supremo después de que el Ejecutivo central desestimara su solicitud presentada el 21 de octubre de 2024. En ella, el archipiélago exigía que el Gobierno asumiera su responsabilidad constitucional y legal en materia de asilo, proporcionando acceso inmediato al sistema de acogida de protección internacional a los menores migrantes que lo solicitasen.
Ante la inacción del Estado, Canarias pidió como medida cautelar que se obligara a la Administración General del Estado a garantizar una acogida efectiva de estos menores. Sin embargo, la Abogacía del Estado se opuso a la solicitud.
EL SUPREMO ALERTA DEL HACINAMIENTO Y EL INCUMPLIMIENTO DEL SISTEMA DE ACOGIDA
Tras analizar las competencias de ambas administraciones, el Supremo concluyó que el sistema estatal de acogida para menores solicitantes de protección internacional no ha sido puesto a su disposición, a pesar de que tienen pleno derecho a ello.
El tribunal ha subrayado que la situación actual de los menores en Canarias es crítica, con condiciones de hacinamiento que vulneran el principio del superior interés del menor y son incompatibles con el estándar de protección que exige la ley.
OBLIGACIONES LEGALES DEL ESTADO EN MATERIA DE ASILO
El Tribunal Supremo ha recordado que tanto la Ley de Asilo y Protección Subsidiaria, como el Reglamento del Sistema de Acogida de Protección Internacional, establecen un sistema integral de acogida para los solicitantes de asilo en España.
Este sistema incluye el derecho a recibir prestaciones sociales específicas, como servicios sociales y de acogida adecuados para garantizar que los menores vivan en condiciones dignas.
La gestión de este sistema de acogida corresponde a la Secretaría de Estado de Migraciones, que ahora deberá responder al requerimiento del Tribunal Supremo y garantizar el cumplimiento de la ley en un plazo máximo de 10 días.







