¿Sabes si puedes recibir hasta 2.400 euros en la Renta 2024? Descubre cómo conseguirlo

Te explicamos quiénes pueden solicitarla y cómo hacerlo

Penélope O. Álvarez | Mallorca, 18 de Marzo de 2025 | 19:31h

La Declaración de la Renta de 2024, correspondiente a los ingresos y ganancias de 2024, dará inicio el próximo 2 de abril, según el calendario publicado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Durante este período, los contribuyentes deberán presentar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que incluye diversas deducciones aplicables en función de la situación de cada persona.

Entre estas deducciones, destaca una ayuda de hasta 2.400 euros, dirigida a determinados colectivos que cumplan los requisitos establecidos por Hacienda.

EL 'CHEQUE FAMILIAR': UNA DEDUCCIÓN PARA FAMILIAS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La Agencia Tributaria contempla un conjunto de deducciones para aliviar la carga fiscal de ciertos contribuyentes. Una de las más relevantes es el denominado ‘cheque familiar’, regulado en el artículo 81 bis de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, sobre el IRPF.

Esta deducción está destinada a familias numerosas, ascendientes con hijos a cargo y personas con discapacidad. Los beneficiarios pueden optar por recibir el importe total cuando presenten la Declaración de la Renta o solicitar un pago fraccionado mensual.

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR EL 'CHEQUE FAMILIAR'?

Para acceder a esta deducción es necesario cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Familias numerosas de categoría general (tres o más hijos) o de categoría especial (cinco o más hijos o circunstancias excepcionales).
  • Ascendiente con dos hijos a cargo, siempre que no tenga derecho a recibir anualidades por alimentos.
  • Descendientes con discapacidad a cargo.
  • Cónyuge con discapacidad que no esté separado legalmente.

¿CUÁNTO SE PUEDE COBRAR?

La cuantía de la deducción es de 1.200 euros anuales en la mayoría de los casos, pero puede duplicarse hasta 2.400 euros para familias numerosas de categoría especial, es decir, aquellas que cumplan una de estas condiciones:

  • Tener cinco o más hijos.
  • Tener cuatro hijos, siempre que al menos tres provengan de un parto, adopción o acogimiento múltiple.
  • Tener cuatro hijos y que los ingresos anuales de la unidad familiar, divididos entre todos los miembros, no superen el 75% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

CÓMO SOLICITAR EL 'CHEQUE FAMILIAR': EL MODELO 143

Para recibir esta deducción de manera anticipada, los contribuyentes deben presentar el modelo 143 ante la Agencia Tributaria. Existen dos modalidades para cobrar el ‘cheque familiar’:

  • En la Declaración de la Renta, solicitando la deducción total al presentar el IRPF.
  • De forma anticipada, recibiendo pagos mensuales de 100 euros (1.200 euros anuales) o 200 euros (2.400 euros anuales).

PASOS PARA RELLENAR Y PRESENTAR EL MODELO 143

  1. Acceder a la web de la Agencia Tributaria y autenticarse con el DNI electrónico, Cl@ve PIN o certificado digital.
  2. Seleccionar la opción ‘Pre-Solicitud de abono anticipado’ y elegir el tipo de deducción.
  3. Indicar la modalidad de cobro (individual o colectiva).
  4. Rellenar los datos personales: NIF, nombre, apellidos y régimen o mutualidad correspondiente.
  5. Introducir el número de cuenta bancaria donde se recibirán los pagos.
  6. Validar la información y descargar el justificante en PDF.

La solicitud puede realizarse online a través de la web de la Agencia Tributaria, por teléfono (901 200 345) o de manera presencial en oficinas de la AEAT con cita previa.

PLAZO PARA SOLICITAR EL PAGO ANTICIPADO

Los contribuyentes pueden solicitar el pago anticipado en cualquier momento del año, pero es recomendable realizarlo antes del 31 de diciembre, para asegurarse de recibir el importe completo en el ejercicio fiscal correspondiente. Para más información, se puede consultar la web de la Agencia Tributaria o el Boletín Oficial del Estado (BOE) donde se recogen las normativas vigentes sobre deducciones fiscales.

Sentimiento general

Si te equivocas de voto, puedes desmarcarlo volviendo a hacer clic en el voto erróneo.
0
Comentarios

Hola!, escribe un comentario para esta noticia.Comentar


Curiosidades
Mascotas