El Gobierno rectifica y anuncia cambios en la Declaración de la Renta para los que cobran el paro
Estas son las novedades que afectarán a miles de beneficiarios de prestaciones por desempleo
Redacción | Mallorca, 14 de Marzo de 2025 | 15:02h

El Gobierno ha decidido finalmente no exigir este año la presentación obligatoria de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2024 a quienes reciben prestaciones por desempleo. Fuentes gubernamentales han confirmado que esta exigencia, inicialmente prevista para 2025, se pospone a 2026. Este cambio de criterio queda reflejado en la instrucción publicada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que especifica claramente que no se exigirá este trámite fiscal durante 2025 para las rentas del año anterior.
RAZONES DEL APLAZAMIENTO
Aunque estaba previsto que los perceptores de prestaciones por desempleo comenzaran a declarar desde 2025, el Ejecutivo ha revisado su decisión debido a que la norma entró en vigor el 1 de noviembre de 2024, lo que implica que no existió dicha obligación tributaria durante los primeros diez meses de ese ejercicio fiscal. Por tanto, los beneficiarios no se enfrentarán a sanciones o pérdidas de prestaciones si no presentan la declaración en 2025.
No obstante, a partir de 2026, la obligación será efectiva para todos los beneficiarios del desempleo, independientemente de si cumplen con el límite mínimo de ingresos para declarar, según establece el Real Decreto-Ley del 21 de mayo de 2024.
MEDIDAS DEL REAL DECRETO-LEY
Este Real Decreto-Ley, que busca simplificar y mejorar la protección asistencial por desempleo, fue aprobado en mayo de 2024 tras ser inicialmente rechazado en enero por Podemos. El Ministerio de Trabajo consiguió finalmente sacarlo adelante en una segunda ocasión tras negociar e incorporar demandas específicas del partido morado.
Entre las medidas más destacadas, acordadas con los sindicatos CCOO y UGT, pero rechazadas por CEOE y Cepyme, se encuentran el incremento por tramos del subsidio por desempleo desde los actuales 480 euros mensuales (equivalentes al 80% del Iprem), la ampliación del colectivo de beneficiarios y la posibilidad de compatibilizar estas prestaciones con ingresos salariales.
Además, el Ejecutivo aprovechó para introducir la obligación anual de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para perceptores del paro, requisito que originalmente se haría efectivo en 2025, pero que finalmente se aplaza un año más, hasta 2026.
¿QUIÉNES DEBEN PRESENTAR LA DECLARACIÓN EN 2025?
Para la declaración del ejercicio fiscal 2024, a presentar en 2025, los perceptores del paro no estarán obligados a realizar este trámite si tienen ingresos inferiores a 22.000 euros anuales, o menos de 15.000 euros en caso de tener dos o más pagadores, siempre que uno de ellos les haya abonado más de 1.500 euros al año.
Como en ejercicios anteriores, sí deben presentar la declaración todos los trabajadores autónomos, independientemente del nivel de ingresos, así como los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
NOVEDADES FISCALES PARA ESTA CAMPAÑA
Una novedad relevante en esta campaña tributaria es la subida del umbral para la obligatoriedad de presentar la declaración de la renta hasta los 15.876 euros anuales, independientemente del número de pagadores, coincidiendo con el aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) de 2024.
También se ha incrementado la reducción fiscal máxima aplicable por rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros anuales, pasando de 6.498 euros en 2023 a 7.302 euros en 2024. Esta medida busca aliviar fiscalmente a los contribuyentes con rentas más bajas, según informa la Agencia Tributaria.