Cómo conseguir la ayuda de hasta 1.450 euros mensuales en Baleares
Descubre quién puede solicitarla, qué requisitos hay que cumplir y cómo acceder a los complementos para familias y personas con discapacidad
Alicia Romero | Mallorca, 04 de Marzo de 2025 | 07:02h

La Seguridad Social ofrece una prestación vitalicia destinada a familias en situación de vulnerabilidad económica: el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta ayuda puede alcanzar hasta 1.449,39 euros mensuales en 2025, proporcionando estabilidad financiera a quienes más lo necesitan.
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¿QUÉ ES EL INGRESO MÍNIMO VITAL?
El IMV es una prestación económica que garantiza un nivel mínimo de ingresos a las personas y familias en situación de vulnerabilidad económica. Tiene carácter complementario y se ajusta a las necesidades de cada unidad familiar, garantizando un recurso económico continuo para quienes cumplen con los requisitos establecidos.
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR ESTA AYUDA?
Para acceder a esta prestación, los solicitantes deben cumplir con ciertas condiciones establecidas por la Seguridad Social:
- Residencia legal en España: Es necesario haber residido de manera continuada en el país durante al menos un año antes de la solicitud. Límites de ingresos y patrimonio: Los ingresos y el patrimonio familiar deben encontrarse por debajo de los umbrales establecidos para cada tipo de unidad familiar.
- Unidad familiar estable: Los miembros del hogar deben contar con vínculos legales (matrimonio, parentesco, pareja de hecho) y haber convivido durante al menos seis meses.
- Edad mínima: El titular debe tener al menos 23 años, salvo en situaciones excepcionales.
Existen excepciones para personas en situaciones críticas, como víctimas de violencia de género o aquellas que hayan sido desalojadas de su vivienda. Para comprobar si se cumple con los requisitos, la Seguridad Social ofrece un simulador online que permite verificar la elegibilidad.
¿CUÁNTO DINERO SE PUEDE RECIBIR?
La cantidad asignada varía en función de la composición del hogar y los ingresos de la unidad familiar. Algunos ejemplos de cuantías en 2025 son:
- 658,81 euros mensuales para un adulto que viva solo.
- 1.355,90 euros mensuales para una familia compuesta por dos adultos y dos menores.
- 1.449,39 euros mensuales para un hogar con cinco o más miembros.
El importe se ajusta de forma personalizada en función de la situación económica de cada familia, asegurando que el apoyo sea adecuado a sus necesidades.
OBLIGACIONES PARA MANTENER LA AYUDA
Para seguir recibiendo la prestación, los beneficiarios deben cumplir ciertas obligaciones, orientadas a favorecer su integración social y laboral:
- Participación en programas de empleo y formación.
- Comunicación de cambios en la unidad familiar, como modificaciones en los ingresos o en el número de miembros del hogar.
- Presentación anual de la declaración del IRPF.
- Cumplimiento de los límites de ingresos laborales, en caso de contar con empleo.
- El incumplimiento de estas condiciones puede suponer la suspensión o extinción de la ayuda.
¿CÓMO SE SOLICITA LA PRESTACIÓN?
El IMV puede solicitarse de dos formas: presencialmente, en una oficina de la Seguridad Social con cita previa, u online, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando un certificado digital o Cl@ve.
Para tramitar la solicitud, es necesario aportar documentación sobre los ingresos, patrimonio y composición familiar, así como un correo electrónico válido.
COMPLEMENTOS PARA MENORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Además de la ayuda principal, se otorgan complementos económicos adicionales en dos casos específicos:
- Por cada menor a cargo, con importes que varían según la edad: 115 euros mensuales para menores de 3 años, 80,50 euros mensuales para niños entre 3 y 6 años y 57,50 euros mensuales para menores de entre 6 y 18 años.
- Por discapacidad, cuando en la unidad familiar haya personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
LOS BENEFICIOS DE SOLICITARLA EN BALEARES
En Baleares, además del IMV, es posible solicitar la Renta Social Garantizada (RESOGA), destinada a aquellos que no cumplen con los requisitos del IMV o cuya cuantía es inferior a la de la RESOGA. Esta prestación autonómica complementa los ingresos de las familias en situación de vulnerabilidad económica, asegurando que alcancen un nivel mínimo de recursos.
La RESOGA está dirigida a personas de al menos 23 años y menores de 65, solas o integrantes de una unidad de convivencia, y a personas mayores de 65 años que no cumplan los requisitos para ser beneficiarias de ninguna pensión contributiva o no contributiva.