Cómo conseguir la ayuda de hasta 1.450 euros mensuales en Baleares

Descubre quién puede solicitarla, qué requisitos hay que cumplir y cómo acceder a los complementos para familias y personas con discapacidad

Alicia Romero | Mallorca, 04 de Marzo de 2025 | 07:02h

La Seguridad Social ofrece una prestación vitalicia destinada a familias en situación de vulnerabilidad económica: el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta ayuda puede alcanzar hasta 1.449,39 euros mensuales en 2025, proporcionando estabilidad financiera a quienes más lo necesitan. ​
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¿QUÉ ES EL INGRESO MÍNIMO VITAL?

El IMV es una prestación económica que garantiza un nivel mínimo de ingresos a las personas y familias en situación de vulnerabilidad económica. Tiene carácter complementario y se ajusta a las necesidades de cada unidad familiar, garantizando un recurso económico continuo para quienes cumplen con los requisitos establecidos. ​

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR ESTA AYUDA?

Para acceder a esta prestación, los solicitantes deben cumplir con ciertas condiciones establecidas por la Seguridad Social:

  • Residencia legal en España: Es necesario haber residido de manera continuada en el país durante al menos un año antes de la solicitud. ​Límites de ingresos y patrimonio: Los ingresos y el patrimonio familiar deben encontrarse por debajo de los umbrales establecidos para cada tipo de unidad familiar. ​
  • Unidad familiar estable: Los miembros del hogar deben contar con vínculos legales (matrimonio, parentesco, pareja de hecho) y haber convivido durante al menos seis meses. ​
  • Edad mínima: El titular debe tener al menos 23 años, salvo en situaciones excepcionales. ​

Existen excepciones para personas en situaciones críticas, como víctimas de violencia de género o aquellas que hayan sido desalojadas de su vivienda. Para comprobar si se cumple con los requisitos, la Seguridad Social ofrece un simulador online que permite verificar la elegibilidad. ​

¿CUÁNTO DINERO SE PUEDE RECIBIR?

La cantidad asignada varía en función de la composición del hogar y los ingresos de la unidad familiar. Algunos ejemplos de cuantías en 2025 son:​

  • 658,81 euros mensuales para un adulto que viva solo. ​
  • 1.355,90 euros mensuales para una familia compuesta por dos adultos y dos menores. ​
  • 1.449,39 euros mensuales para un hogar con cinco o más miembros. ​

El importe se ajusta de forma personalizada en función de la situación económica de cada familia, asegurando que el apoyo sea adecuado a sus necesidades.​

OBLIGACIONES PARA MANTENER LA AYUDA

Para seguir recibiendo la prestación, los beneficiarios deben cumplir ciertas obligaciones, orientadas a favorecer su integración social y laboral:

  • Participación en programas de empleo y formación.​
  • Comunicación de cambios en la unidad familiar, como modificaciones en los ingresos o en el número de miembros del hogar.​
  • Presentación anual de la declaración del IRPF.​
  • Cumplimiento de los límites de ingresos laborales, en caso de contar con empleo.​
  • El incumplimiento de estas condiciones puede suponer la suspensión o extinción de la ayuda. ​

¿CÓMO SE SOLICITA LA PRESTACIÓN?

El IMV puede solicitarse de dos formas:​ presencialmente, en una oficina de la Seguridad Social con cita previa, u online, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando un certificado digital o Cl@ve.​

Para tramitar la solicitud, es necesario aportar documentación sobre los ingresos, patrimonio y composición familiar, así como un correo electrónico válido. ​

COMPLEMENTOS PARA MENORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Además de la ayuda principal, se otorgan complementos económicos adicionales en dos casos específicos:​

  • Por cada menor a cargo, con importes que varían según la edad:​ 115 euros mensuales para menores de 3 años, 80,50 euros mensuales para niños entre 3 y 6 años y 57,50 euros mensuales para menores de entre 6 y 18 años. ​
  • Por discapacidad, cuando en la unidad familiar haya personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.​

LOS BENEFICIOS DE SOLICITARLA EN BALEARES

En Baleares, además del IMV, es posible solicitar la Renta Social Garantizada (RESOGA), destinada a aquellos que no cumplen con los requisitos del IMV o cuya cuantía es inferior a la de la RESOGA. Esta prestación autonómica complementa los ingresos de las familias en situación de vulnerabilidad económica, asegurando que alcancen un nivel mínimo de recursos. ​

La RESOGA está dirigida a personas de al menos 23 años y menores de 65, solas o integrantes de una unidad de convivencia, y a personas mayores de 65 años que no cumplan los requisitos para ser beneficiarias de ninguna pensión contributiva o no contributiva. ​

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