La Seguridad Social paga hasta 1.500 € al mes: cómo beneficiarte si vives en Baleares

Hazte con ella en pocos pasos

Alicia Romero | Mallorca, 20 de Febrero de 2025 | 19:59h

La Seguridad Social dispone de una prestación vitalicia destinada a familias en situación de vulnerabilidad económica. Esta ayuda puede alcanzar hasta 1.500 euros mensuales, proporcionando estabilidad financiera a quienes más lo necesitan.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) tiene carácter complementario y se ajusta a las necesidades de cada unidad familiar, garantizando un recurso económico continuo para quienes cumplen con los requisitos establecidos.

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR ESTA AYUDA?

Para acceder a esta prestación, los solicitantes deben cumplir con ciertas condiciones establecidas por la Seguridad Social:

  • Residencia legal en España: Es necesario haber residido de manera continuada en el país durante al menos un año antes de la solicitud.
  • Límites de ingresos: Los ingresos y el patrimonio familiar deben encontrarse por debajo de los umbrales establecidos para cada tipo de unidad familiar.
  • Unidad familiar estable: Los miembros del hogar deben contar con vínculos legales (matrimonio, parentesco, pareja de hecho) y haber convivido durante al menos seis meses.
  • Edad mínima: El titular debe tener al menos 23 años, salvo en situaciones excepcionales.

Asimismo, existen excepciones para personas en situaciones críticas, como víctimas de violencia de género o aquellas que hayan sido desalojadas de su vivienda. Para comprobar si se cumple con los requisitos, la Seguridad Social ofrece un simulador online que permite verificar la elegibilidad.

¿CUÁNTO DINERO SE PUEDE RECIBIR?

La cantidad asignada varía en función de la composición del hogar y los ingresos de la unidad familiar. Algunos ejemplos de cuantías son:

  • 677 euros mensuales para un adulto que viva solo.
  • 1.251 euros mensuales para una familia compuesta por dos adultos y dos menores.
  • 1.489 euros mensuales para un hogar con tres adultos y más de tres menores.

El importe se ajusta de forma personalizada en función de la situación económica de cada familia, asegurando que el apoyo sea adecuado a sus necesidades.

OBLIGACIONES PARA MANTENER LA AYUDA

Para seguir recibiendo la prestación, los beneficiarios deben cumplir ciertas obligaciones, orientadas a favorecer su integración social y laboral: participación en programas de empleo y formación, comunicación de cambios en la unidad familiar, como modificaciones en los ingresos o en el número de miembros del hogar, presentación anual de la declaración del IRPF y cumplimiento de los límites de ingresos laborales, en caso de contar con empleo.

El incumplimiento de estas condiciones puede suponer la suspensión o extinción de la ayuda.

¿CÓMO SE SOLICITA LA PRESTACIÓN?

El IMV puede solicitarse de dos formas:
presencialmente, en una oficina de la Seguridad Social con cita previa o online, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando un certificado digital o Cl@ve. Para tramitar la solicitud, es necesario aportar documentación sobre los ingresos, patrimonio y composición familiar, así como un correo electrónico válido.

BENEFICIARIOS INDIVIDUALES Y UNIDAD DE CONVIVENCIA

Además de las familias, también pueden acceder a esta ayuda ciertas personas que no forman parte de una unidad familiar, siempre que cumplan con los requisitos. Entre ellos:

  • Personas mayores de 23 años que convivan con su familia, pero no formen parte de la misma unidad de convivencia.
  • Mujeres víctimas de violencia de género.
  • Personas sin hogar o que hayan vivido en centros de protección de menores.

Por otro lado, las personas en servicio residencial de carácter social o sanitario no pueden acceder a la ayuda, salvo en casos excepcionales.

Los titulares de la unidad de convivencia deben ser mayores de 23 años y contar con capacidad jurídica para representar al hogar ante la Seguridad Social.

MODIFICACIÓN O SUSPENSIÓN DE LA AYUDA

El derecho a la prestación puede modificarse o suspenderse en caso de cambios en la situación personal o económica de los beneficiarios. Además, el IMV puede extinguirse si el titular fallece, se pierden los requisitos exigidos por la Seguridad Social y se incumplen las obligaciones establecidas.

COMPLEMENTOS PARA MENORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Además de la ayuda principal, se otorgan complementos económicos adicionales en dos casos específicos: por cada menor a cargo, con importes que varían según la edad y por discapacidad, cuando en la unidad familiar haya personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

LOS BENEFICIOS DE SOLICITARLA EN BALEARES

En Baleares es posible solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y complementarla con la Renta Social Garantizada (RESOGA), destinada a aquellos que no cumplen con los requisitos del IMV o cuya cuantía es inferior a la de la RESOGA. 

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Comentarios

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  • María - Mallorca, 21 de Febrero de 2025 | 13:56h
    Me levanto a las 5 para empezar a trabajar a las 6, después de coger dos autobuses para cobrar una miseria y cansarme para pagarle la fiesta a esta gentuza? Ah no, yo voy a pedir ayudas como si no hubiese un mañana. Que trabajen los paga pensiones, que para eso los traen. O no?
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  • Mervils - Mallorca, 21 de Febrero de 2025 | 08:14h
    Esto es cobrar sin trabajar, si les hicieran hacer trabajos sociales de ayuda a la comunidad como hacian con los objetores de conciencia otro gallo cantaria
    Responder
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