¿Te pueden multar por hacer fotocopias del DNI?

No es ilegal, pero podría acarrear sanciones económicas dependiendo de la situación

Alicia Romero | Mallorca, 15 de Febrero de 2025 | 05:27h

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es una pieza clave para realizar numerosos trámites, pero hacerle una fotocopia o una foto sin un motivo claro puede acarrear sanciones económicas importantes.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha alertado sobre los riesgos de esta práctica, que en algunos casos ya ha sido castigada con multas de hasta 100.000 euros. El motivo es que copiar o escanear el DNI sin justificación puede constituir una vulneración grave de la privacidad y seguridad de las personas, ya que el documento contiene información personal sensible.

¿CUÁNDO ES NECESARIO PRESENTAR EL DNI?

Es común que instituciones, hoteles y empresas soliciten una copia del DNI para formalizar registros o completar trámites. Sin embargo, la AEPD subraya que aunque identificarse es legítimo en muchos casos, fotocopiar el documento no siempre es imprescindible y, en ciertas situaciones, podría suponer un riesgo para la seguridad de los datos personales.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece en su artículo 5 el principio de "minimización de datos", lo que significa que solo deben recopilarse aquellos datos estrictamente necesarios para el propósito específico. "Si existen otras medidas menos gravosas que cumplen con el fin de identificación", la recomendación es evitar hacer copias innecesarias del DNI.

El problema es que, con solo el nombre y el número del documento, los delincuentes pueden suplantar la identidad de una persona, abriendo la puerta a posibles fraudes.

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