Las personas que podrán cobrar paro y sueldo a la vez en 2025
El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) permitirá compatibilizar empleo y subsidio, apoyando a los parados de larga duración
Penélope O. Álvarez | Mallorca, 17 de Diciembre de 2024 | 16:15h

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en colaboración con el Gobierno y los sindicatos, ha anunciado una nueva reforma del subsidio por desempleo. Esta reforma, que entrará en vigor en dos fases, permitirá a los beneficiarios compatibilizar un trabajo con la prestación económica gracias al Complemento de Apoyo al Empleo (CAE).
NUEVO COMPLEMENTO DE APOYO AL EMPLEO (CAE)
El CAE, introducido en la reforma del pasado 1 de noviembre, no será aplicable hasta 2025. La medida permitirá a los trabajadores con ingresos inferiores a 1.350 euros al mes (18.900 euros anuales) cobrar una prestación económica mientras mantienen un empleo.
El objetivo del complemento es ofrecer un apoyo financiero a los parados de larga duración y facilitar su regreso al mercado laboral en el corto plazo.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL COMPLEMENTO
Los ciudadanos que podrán beneficiarse del Complemento de Apoyo al Empleo deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Si se aprueba un subsidio por desempleo debido al agotamiento de la prestación contributiva o por cotizaciones insuficientes, cuyo hecho causante tenga lugar a partir del 1 de noviembre de 2024.
- El trabajador debe mantener uno o varios contratos a tiempo parcial, siempre que la jornada total sea inferior a una jornada completa.
- Si el beneficiario inicia un trabajo por cuenta ajena, tanto a tiempo parcial como completo, se compatibilizará automáticamente el subsidio con el complemento, sin posibilidad de suspenderlo por esta causa.
DURACIÓN DEL COMPLEMENTO Y LÍMITES
Según el Ministerio de Trabajo, la duración máxima del CAE será de 180 días. No obstante, tendrá los siguientes límites: la duración del contrato que dio origen al complemento y el número de días restantes del subsidio reconocido.
CUANTÍAS DEL SUBSIDIO TRAS LA REFORMA
Tras la reforma del subsidio por desempleo, las cuantías se calcularán en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM):
- 95% del IPREM durante los primeros seis meses (570 euros mensuales).
- 90% del IPREM durante los siguientes seis meses (540 euros).
- 80% del IPREM durante el resto de la prestación (480 euros).
SITUACIONES DONDE EL SUBSIDIO NO SERÁ COMPATIBLE
El subsidio no podrá compatibilizarse con un empleo en los siguientes casos:
- Si la empresa que contrata al trabajador tiene un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en el momento de la contratación.
- Si el trabajador ha estado contratado por la misma empresa en los últimos 12 meses.
- Si el trabajador es cónyuge, ascendiente, descendiente u otro pariente hasta el segundo grado del empleador, o de quien ocupe un cargo directivo en la empresa.
En caso de incumplimiento, el SEPE podrá iniciar un procedimiento sancionador y reclamar las cantidades percibidas indebidamente.
REFORMA DEL SUBSIDIO Y SU ENTRADA EN VIGOR
La reforma del subsidio por desempleo, aprobada por el Congreso en junio, forma parte del Plan de Recuperación y busca fomentar la incorporación laboral con mayor flexibilidad para los beneficiarios. La reforma entrará en vigor en dos fases:
- El 1 de noviembre de 2024: comenzará el régimen general del subsidio.
- El 1 de abril de 2025: entrará en vigor la compatibilidad con un empleo gracias al CAE.
Este desfase temporal permitirá a las administraciones públicas adaptar los sistemas y procesos necesarios para implementar la medida de manera eficiente.
OBJETIVO DE LA MEDIDA: FLEXIBILIDAD Y APOYO A LOS VULNERABLES
La compatibilidad del subsidio con el empleo busca beneficiar especialmente a colectivos vulnerables y personas con menor empleabilidad. Además, permitirá a los trabajadores acceder a ingresos adicionales sin renunciar a las ayudas del SEPE.
El Complemento de Apoyo al Empleo será obligatorio y no voluntario. Así, si un beneficiario inicia una relación laboral, el subsidio se transformará automáticamente en este complemento, descontándose el tiempo del subsidio total.







