¿Quieres jubilarte lo antes posible? Esto es lo que cobrarás
Dependiendo de lo mucho que la adelantes (nunca más de cuatro años), cobrarás más o menos
Penélope O. Álvarez | Mallorca, 17 de Septiembre de 2024 | 12:58h

La jubilación anticipada es una opción que muchos trabajadores consideran a medida que se acercan a la etapa final de su vida laboral. En España, aquellos que desean retirarse antes de la edad ordinaria de jubilación, que actualmente es de 65 años, pueden hacerlo a los 63 años, pero deben estar preparados para enfrentar ciertas penalizaciones que afectarán el monto final de su pensión. Estos recortes varían según si la jubilación es voluntaria o involuntaria y dependen también del total de años cotizados.
Antes de dar el paso hacia una jubilación anticipada, es crucial comprender cómo estos recortes impactarán en la cuantía de la pensión. Además, hay que considerar los requisitos específicos para acceder a esta modalidad de jubilación y cómo se calculan los recortes aplicables. En este contexto, una pregunta común es cual es la pensión máxima a la que se puede llegar al jubilarse a los 63 años y cómo las recientes reformas afectan este proceso.
Las penalizaciones por jubilación anticipada a los 63 años pueden variar significativamente dependiendo del caso: para las jubilaciones voluntarias (que permite adelantarla hasta dos años), los recortes van del 13% al 21%, mientras que para las involuntarias (que permite adelantarla cuatro años), los porcentajes oscilan entre el 12% y el 26,9%. Estos porcentajes están determinados por el número total de años cotizados y los meses adelantados con respecto a la edad legal de jubilación. Además, si la pensión calculada supera el límite máximo establecido, se aplicará un recorte adicional, según la segunda reforma de las pensiones.
Es importante saber que, para jubilarse anticipadamente a los 63 años, tanto de forma voluntaria como involuntaria (es decir, por causas ajenas a la voluntad del trabajador), se deben cumplir ciertos requisitos mínimos como tener cumplida una edad se sea inferior en dos años como máximo a la edad exigida que resulte de allicación en cada caso, encontrarse en situación de alta y acreditar un mínimo de cotización efectiva.
En 2024, la pensión máxima se ha fijado en 3.175,04 euros mensuales, o 44.450,56 euros anuales, ya sea que se reciban 12 o 14 pagas. Así, quienes opten por jubilarse a los 63 años verán su pensión calculada según el método establecido por la Seguridad Social, y posteriormente se les aplicará el recorte correspondiente basado en los meses adelantados y los años cotizados.
POSIBLES CUANTÍAS DE PENSIÓN
En el caso de jubilación anticipada voluntaria, que tan solo se puede adelantar dos años, esto es lo que se cobraría si se ha trabajado menos de:
- 38 años y 6 meses, se reciben 2.508,28 euros (21%)
- 41 años y 6 meses, se reciben 2.571,78 euros (19%)
- 44 años y 6 meses, se reciben 2.635,28 euros (17%)
- 44 años y 6 meses o más, se reciben 2.762,28 euros (13%)
En el caso de la jubilación anticipada involuntaria, que se puede adelantar hasta cuatro años, esto es lo que se cobraría:
- Si se adelanta 48 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.222,53 euros (30%); menos de 41 años y 6 meses, 2.286,03 euros (28%); menos de 44 años y 6 meses, 2.349,53 euros (26%) y 44 años y 6 meses o más, 2.413,03 euros (24%).
- Si se adelanta 47 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.240,88 euros (29,4%); menos de 41 años y 6 meses, 2.304,38 euros (27,4%); menos de 44 años y 6 meses, 2.365,12 euros (25,5%) y 44 años y 6 meses o más, 2.413,03 euros (24%).
- Si se adelanta 46 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.259,23 euros (28,8%); menos de 41 años y 6 meses, 2.322,73 euros (26,8%); menos de 44 años y 6 meses, 2.380,70 euros (24,9%) y 44 años y 6 meses o más, 2.428,63 euros (23%).
- Si se adelanta 45 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.279,46 euros (28,1%); menos de 41 años y 6 meses, 2.337,88 euros (26,3%); menos de 44 años y 6 meses, 2.395,85 euros (24,4%) y 44 años y 6 meses o más, 2.458,93 euros (22,5%).
- Si se adelanta 44 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.297,81 euros (27,5%); menos de 41 años y 6 meses, 2.356,23 euros (25,7%); menos de 44 años y 6 meses, 2.414,20 euros (23,8%) y 44 años y 6 meses o más, 2.474,07 euros (22%).
- Si se adelanta 43 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.316,16 euros (26,9%); menos de 41 años y 6 meses, 2.374,58 euros (25,1%); menos de 44 años y 6 meses, 2.429,35 euros (23,3%) y 44 años y 6 meses o más, 2.489,22 euros (21,5%).
- Si se adelanta 42 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.335,59 euros (26,25%); menos de 41 años y 6 meses, 2.392,93 euros (24,5%); menos de 44 años y 6 meses, 2.444,49 euros (22,8%) y 44 años y 6 meses o más, 2.504,36 euros (21%).
- Si se adelanta 41 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.355,02 euros (25,6%); menos de 41 años y 6 meses, 2.411,28 euros (23,9%); menos de 44 años y 6 meses, 2.462,84 euros (22,2%) y 44 años y 6 meses o más, 2.519,51 euros (20,5%).
- Si se adelanta 40 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.373,78 euros (25%); menos de 41 años y 6 meses, 2.429,63 euros (23,3%); menos de 44 años y 6 meses, 2.477,98 euros (21,7%) y 44 años y 6 meses o más, 2.534,67 euros (20%).
- Si se adelanta 39 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.392,13 euros (24,4%); menos de 41 años y 6 meses, 2.444,77 euros (22,8%); menos de 44 años y 6 meses, 2.496,33 euros (21%) y 44 años y 6 meses o más, 2.549,82 euros (19,5%).
- Si se adelanta 38 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.410,48 euros (23,8%); menos de 41 años y 6 meses, 2.463,12 euros (22,2%); menos de 44 años y 6 meses, 2.511,48 euros (20,6%) y 44 años y 6 meses o más, 2.564,96 euros (19%).
- Si se adelanta 37 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.430,71 euros (23,1%); menos de 41 años y 6 meses, 2.481,47 euros (21,6%); menos de 44 años y 6 meses, 2.529,82 euros (20%) y 44 años y 6 meses o más, 2.580,11 euros (18,5%).
- Si se adelanta 36 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.449,46 euros (22,5%); menos de 41 años y 6 meses, 2.499,82 euros (21%); menos de 44 años y 6 meses, 2.544,97 euros (19,5%) y 44 años y 6 meses o más, 2.595,25 euros (18%).
- Si se adelanta 35 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.467,81 euros (21,9%); menos de 41 años y 6 meses, 2.518,17 euros (20,4%); menos de 44 años y 6 meses, 2.560,12 euros (19%) y 44 años y 6 meses o más, 2.610,40 euros (17,5%).
- Si se adelanta 34 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.486,16 euros (21,3%); menos de 41 años y 6 meses, 2.536,52 euros (19,8%); menos de 44 años y 6 meses, 2.578,46 euros (18,4%) y 44 años y 6 meses o más, 2.625,54 euros (17%).
- Si se adelanta 33 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.506,39 euros (20,6%); menos de 41 años y 6 meses, 2.551,67 euros (19,3%); menos de 44 años y 6 meses, 2.593,61 euros (17,9%) y 44 años y 6 meses o más, 2.640,69 euros (16,5%).
- Si se adelanta 32 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.525,15 euros (20%); menos de 41 años y 6 meses, 2.570,02 euros (18,7%); menos de 44 años y 6 meses, 2.611,96 euros (17,3%) y 44 años y 6 meses o más, 2.655,83 euros (16%).
- Si se adelanta 31 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.543,50 euros (19,4%); menos de 41 años y 6 meses, 2.588,37 euros (18,1%); menos de 44 años y 6 meses, 2.627,10 euros (16,8%) y 44 años y 6 meses o más, 2.670,98 euros (15,5%).
- Si se adelanta 30 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.561,85 euros (18,8%); menos de 41 años y 6 meses, 2.606,72 euros (17,5%); menos de 44 años y 6 meses, 2.642,25 euros (16,3%) y 44 años y 6 meses o más, 2.686,12 euros (15%).
- Si se adelanta 29 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.580,31 euros (18,1%); menos de 41 años y 6 meses, 2.623,47 euros (17%); menos de 44 años y 6 meses, 2.657,31 euros (15,8%) y 44 años y 6 meses o más, 2.701,27 euros (14,5%).
- Si se adelanta 28 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.599,12 euros (17,5%); menos de 41 años y 6 meses, 2.641,22 euros (16,5%); menos de 44 años y 6 meses, 2.672,35 euros (15,3%) y 44 años y 6 meses o más, 2.716,22 euros (14%).
- Si se adelanta 27 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.617,53 euros (16,9%); menos de 41 años y 6 meses, 2.658,32 euros (16%); menos de 44 años y 6 meses, 2.687,48 euros (14,8%) y 44 años y 6 meses o más, 2.731,07 euros (13,5%).
- Si se adelanta 26 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.636,46 euros (16,3%); menos de 41 años y 6 meses, 2.674,47 euros (15,4%); menos de 44 años y 6 meses, 2.702,62 euros (14,3%) y 44 años y 6 meses o más, 2.745,90 euros (13%).
- Si se adelanta 25 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.653,96 euros (15,8%); menos de 41 años y 6 meses, 2.689,02 euros (14,8%); menos de 44 años y 6 meses, 2.717,15 euros (13,8%) y 44 años y 6 meses o más, 2.761,47 euros (12,5%).
- Si se adelanta 24 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.671,21 euros (15,2%); menos de 41 años y 6 meses, 2.705,21 euros (14,3%); menos de 44 años y 6 meses, 2.733,33 euros (13,4%) y 44 años y 6 meses o más, 2.776,56 euros (12%).
- Si se adelanta 23 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.688,01 euros (14,6%); menos de 41 años y 6 meses, 2.721,78 euros (13,8%); menos de 44 años y 6 meses, 2.748,90 euros (12,9%) y 44 años y 6 meses o más, 2.791,00 euros (11,5%).
- Si se adelanta 22 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.705,36 euros (14%); menos de 41 años y 6 meses, 2.738,03 euros (13,3%); menos de 44 años y 6 meses, 2.764,16 euros (12,5%) y 44 años y 6 meses o más, 2.805,84 euros (11%).
- Si se adelanta 21 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.723,26 euros (13,4%); menos de 41 años y 6 meses, 2.754,92 euros (12,8%); menos de 44 años y 6 meses, 2.779,06 euros (12,1%) y 44 años y 6 meses o más, 2.820,76 euros (10,5%).
- Si se adelanta 20 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.740,73 euros (12,8%); menos de 41 años y 6 meses, 2.771,24 euros (12,3%); menos de 44 años y 6 meses, 2.795,37 euros (11,7%) y 44 años y 6 meses o más, 2.835,64 euros (10%).
- Si se adelanta 19 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.758,71 euros (12,2%); menos de 41 años y 6 meses, 2.787,04 euros (11,8%); menos de 44 años y 6 meses, 2.809,16 euros (11,3%) y 44 años y 6 meses o más, 2.850,87 euros (9,5%).
- Si se adelanta 18 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.776,22 euros (11,7%); menos de 41 años y 6 meses, 2.803,34 euros (11,3%); menos de 44 años y 6 meses, 2.823,46 euros (10,9%) y 44 años y 6 meses o más, 2.866,09 euros (9%).
- Si se adelanta 17 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.794,29 euros (11,1%); menos de 41 años y 6 meses, 2.819,26 euros (10,8%); menos de 44 años y 6 meses, 2.837,37 euros (10,4%) y 44 años y 6 meses o más, 2.881,35 euros (8,5%).
- Si se adelanta 16 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.812,91 euros (10,5%); menos de 41 años y 6 meses, 2.835,65 euros (10,2%); menos de 44 años y 6 meses, 2.851,77 euros (9,9%) y 44 años y 6 meses o más, 2.896,38 euros (8%).
- Si se adelanta 15 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.831,08 euros (10%); menos de 41 años y 6 meses, 2.851,65 euros (9,6%); menos de 44 años y 6 meses, 2.866,79 euros (9,4%) y 44 años y 6 meses o más, 2.911,40 euros (7,5%).
- Si se adelanta 14 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.849,77 euros (9,5%); menos de 41 años y 6 meses, 2.867,89 euros (9,1%); menos de 44 años y 6 meses, 2.881,93 euros (9%) y 44 años y 6 meses o más, 2.926,12 euros (7%).
- Si se adelanta 13 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.868,01 euros (8,9%); menos de 41 años y 6 meses, 2.884,67 euros (8,6%); menos de 44 años y 6 meses, 2.897,56 euros (8,5%) y 44 años y 6 meses o más, 2.940,89 euros (6,5%).
- Si se adelanta 12 meses (un año) y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.886,78 euros (8,4%); menos de 41 años y 6 meses, 2.902,10 euros (8,1%); menos de 44 años y 6 meses, 2.914,69 euros (8%) y 44 años y 6 meses o más, 2.955,80 euros (6%).
- Si se adelanta 11 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.905,08 euros (7,9%); menos de 41 años y 6 meses, 2.918,13 euros (7,6%); menos de 44 años y 6 meses, 2.929,22 euros (7,6%) y 44 años y 6 meses o más, 2.970,35 euros (5,5%).
- Si se adelanta 10 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.923,91 euros (7,4%); menos de 41 años y 6 meses, 2.935,69 euros (7,1%); menos de 44 años y 6 meses, 2.946,21 euros (7%) y 44 años y 6 meses o más, 2.985,35 euros (5%).
- Si se adelanta 9 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.942,27 euros (6,8%); menos de 41 años y 6 meses, 2.952,78 euros (6,6%); menos de 44 años y 6 meses, 2.961,55 euros (6,5%) y 44 años y 6 meses o más, 2.999,15 euros (4,5%).
- Si se adelanta 8 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.961,16 euros (6,3%); menos de 41 años y 6 meses, 2.969,48 euros (6,1%); menos de 44 años y 6 meses, 2.976,15 euros (6%) y 44 años y 6 meses o más, 3.012,64 euros (4%).
- Si se adelanta 7 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.979,58 euros (5,8%); menos de 41 años y 6 meses, 2.985,73 euros (5,7%); menos de 44 años y 6 meses, 2.991,22 euros (5,6%) y 44 años y 6 meses o más, 3.026,17 euros (3,5%).
- Si se adelanta 6 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 2.997,53 euros (5,3%); menos de 41 años y 6 meses, 3.001,51 euros (5,2%); menos de 44 años y 6 meses, 3.005,28 euros (5,1%) y 44 años y 6 meses o más, 3.038,88 euros (3%).
- Si se adelanta 5 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 3.015,02 euros (4,8%); menos de 41 años y 6 meses, 3.016,82 euros (4,8%); menos de 44 años y 6 meses, 3.018,23 euros (4,7%) y 44 años y 6 meses o más, 3.054,43 euros (2,5%).
- Si se adelanta 4 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 3.031,04 euros (4,3%); menos de 41 años y 6 meses, 3.031,66 euros (4,2%); menos de 44 años y 6 meses, 3.032,08 euros (4,2%) y 44 años y 6 meses o más, 3.068,51 euros (2%).
- Si se adelanta 3 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 3.046,60 euros (3,8%); menos de 41 años y 6 meses, 3.046,03 euros (3,7%); menos de 44 años y 6 meses, 3.045,15 euros (3,7%) y 44 años y 6 meses o más, 3.083,32 euros (1,5%).
- Si se adelanta 2 meses y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 3.060,71 euros (3,3%); menos de 41 años y 6 meses, 3.059,94 euros (3,2%); menos de 44 años y 6 meses, 3.058,17 euros (3,2%) y 44 años y 6 meses o más, 3.095,31 euros (1%).
- Si se adelanta 1 mes y se ha trabajado menos de 38 años y 6 meses, se puede cobrar 3.074,36 euros (2,8%); menos de 41 años y 6 meses, 3.072,48 euros (2,7%); menos de 44 años y 6 meses, 3.070,14 euros (2,7%) y 44 años y 6 meses o más, 3.109,07 euros (0,5%).







