Retrasos en las facturas: tienes derechos
Endesa es una de las compañías con más incidencias reportadas
cronicabalear.es | Mallorca, 30 de Abril de 2024 | 16:48h

A veces, enfrentarse a problemas con las grandes compañías energéticas puede resultar abrumador: cambios arbitrarios en las tarifas, facturaciones inesperadas y un servicio de atención al cliente que parece ignorar nuestras quejas.
Si alguna vez te has visto en esta situación, es crucial recordar que como consumidor, tus derechos están protegidos por la ley, lo cual puede incluir compensaciones o la anulación de ciertos cobros indebidos. Informarte adecuadamente es esencial.
En 2021, los cambios en las tarifas eléctricas requirieron adaptaciones en contadores y en los sistemas de comunicación entre distribuidoras y comercializadoras, lo que llevó a múltiples errores de facturación en diversas compañías. Algunos de estos problemas se resolvieron rápidamente, mientras que otros persistieron más tiempo, e incluso hoy, continúan afectando a muchos hogares.
Esto dificulta que los consumidores gestionen eficazmente sus gastos y consumo de energía. No es raro que pasen meses sin recibir facturas, para luego enfrentarse a una acumulación de cargos excesivamente altos, obligándolos a negociar con la compañía para redistribuir y facilitar el pago de la deuda.
Endesa es una de las compañías con más incidencias reportadas, aunque no es la única. Ante estas circunstancias, los consumidores a menudo se sienten desprotegidos.
DERECHOS QUE QUIZÁ NO CONOCES
- Cambio de compañía: derecho a energía gratuita después de 42 días sin facturación.
- Evita más retrasos en las facturas cambiándote de compañía. Según el artículo 44/ñ de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, si no te facturan dentro de los 42 días posteriores al cambio de proveedor, quedarás exento de pagar los retrasos acumulados.
- Si estás bajo el régimen de PVPC, puedes cambiarte a cualquier comercializadora regulada y mantener tu tarifa.
- Si tu actual compañía no resuelve los retrasos dentro de esos 42 días, podrás liberarte de esas facturas pendientes.
RECHAZA PAGOS POR CONSUMOS FACTURADOS DESPUÉS DE UN AÑO
Las comercializadoras deben emitir facturas periódicamente según lo establecido en sus contratos. Si te han facturado de menos y ahora exigen el total ajustado, tienes derecho a distribuir el pago en tantas facturas mensuales como meses duró el error, sin que supere un año, según el artículo 96.2. del Real Decreto 1955/2000. Si te han cobrado de más, deben reembolsarte el exceso en la siguiente factura, más el interés legal del dinero.
DERECHO A INDEMNIZACIÓN POR FALTA DE ATENCIÓN
Frecuentemente, la frustración se agrava por la falta de atención a las reclamaciones. El Real Decreto 1955/2000, en sus artículos 103.2 y 105.6, garantiza que las reclamaciones sobre medición de consumo, facturación y cortes indebidos sean atendidas en un máximo de cinco días. El incumplimiento de este plazo conlleva una compensación de 30 euros para el consumidor.
SI NO ESTÁS SATISFECHO, CAMBIA DE COMPAÑÍA
No estás obligado a permanecer con la misma compañía energética o bancaria. Si estás cansado de reclamar o de enfrentarte a contratiempos, cambiar de proveedor es una opción sencilla y segura, ya que la calidad del suministro eléctrico está garantizada por la distribuidora y las comercializadoras se limitan a facturar el consumo a los precios acordados.







