El Govern publica un informe que permitirá renegociar la cuota mensual en determinadas hipotecas
cronicabalear.es | Mallorca, 18 de Abril de 2023 | 12:43h

La Conselleria de Salud y Consumo ha dado a conocer un informe financiero que abre la puerta a las personas con hipotecas firmadas antes de 2011 a renegociar la cuota mensual si presentan dificultades económicas.
Este informe, que se pone a disposición de todos los afectados, así como de los actores implicados en el proceso hipotecario, evidencia la existencia de una imprecisión en el texto contractual que se firmaba habitualmente, que permite que los afectados puedan negociar el pago de parte de la cuota mensual en caso de sufrir una situación de vulnerabilidad económica.
El informe, lo han dado a conocer hoy la consellera de Salud y Consumo, Patricia Gómez, y el director general de Consumo, Fèlix Alonso, así como su autor, el matemático Guillem Bou.
El informe financiero, encargado para la Dirección General de Consumo, explica las circunstancias en las que las personas interesadas podrán reconocer si un préstamo hipotecario es REDAL (del latín Redito ad Libitum ) y, por tanto, pueden acogerse a la opción de devolución a voluntad.
Esta opción permitiría al cliente afectado renegociar el cupo si por dificultades económicas no puede atender el pago mensual después de las últimas subidas. En ese caso, la persona o familia endeudada tendría derecho a devolver un importe menor hasta llegar, en los casos más extremos, a pagar la cuantía equivalente a los intereses, más un céntimo de euro.
Este informe se publicará en la página web de la Dirección General de Consumo ( portalconsum.caib.es ) para que esté al alcance de todas las personas interesadas, especialmente los afectados, jueces, magistrados, gabinetes jurídicos, asociaciones de consumidores u oficinas antidesahucios , para comprobar si una hipoteca es REDAL y, si es así, evaluar si puede solicitarse ante la entidad una renegociación consensuada de las cuotas. Esto podría permitir detener impagos e incluso desahucios, inevitables con otras fórmulas.
El informe expone que los contratos REDAL muestran una clara indefinición de las cuotas a pagar por capital o intereses y esto hace que sea imposible que el cliente pueda definir las cuotas futuras. Ante esta incertidumbre, el autor del informe concluye que los afectados pueden beneficiarse por rebajar la cuota mensual recalculando el pago mensual a cuantías que se puedan abonar según la situación económica de cada afectado.
La consellera de Salud y Consumo, Patricia Gómez, ha explicado que el objetivo de encargar el informe y de hacerlo público -porque estará a disposición de todos los ciudadanos- es dar una opción más a los consumidores más vulnerables para evitar situaciones de impagos y desahucios. «Nos preocupan las personas y este Govern hace todo lo que tiene a su alcance para ayudar a los consumidores vulnerables que sufren dificultades».
Según ha detallado el director general de Consumo, Fèlix Alonso, este concepto de pago a la carta puede significar un «cambio radical en las obligaciones de los clientes endeudados con hipotecas anteriores a 2011, mucho más beneficiosa que el límite de ingresos (25.200 euros anuales ) que requiere el código de buenas prácticas aceptado por las entidades bancarias para modificar las hipotecas variables».
Por su parte, el autor del informe, Guillem Bou, ha señalado que “el informe permite dar a conocer, después de un estudio riguroso, que la indefinición en estas hipotecas permite renegociar las cuotas mensuales en caso de necesidad. Las hipotecas REDAL eran un secreto a voces y ahora se ha podido demostrar».
De acuerdo con lo recogido en el informe, el Banco de España ya alertó en 2002 de que sin una fórmula o método explicitado en el contrato no existe un importe pactado de las cuotas y que, por tanto, la entidad no puede imponer un sistema de amortización ni siquiera en los casos en que fuera un sistema existente o que se utilizara habitualmente. Prueba de ello es que tanto la Asociación Hipotecaria Española (AHE) como el Banco de España publicaron documentos en los que ya se hablaba de «contratos sin fórmula», uno de los tipos de REDAL existentes.







