Cómo conseguir una ayuda vitalicia de hasta 1.500 euros: estos son los requisitos
Si te encuentras en una situación de vulnerabilidad económica puedes comprobar si te pertenece la prestación a través del simulador
Alicia Romero | Mallorca, 27 de Enero de 2025 | 19:24h

La Seguridad Social cuenta con una ayuda vitalicia destinada a las familias vulnerables que necesiten apoyo económico. Se trata de una prestación que puede llegar hasta 1.500 euros mensuales y que está diseñada para brindar estabilidad financiera a quienes atraviesan situaciones de vulnerabilidad económica.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) tiene un carácter complementario, adaptándose a las necesidades específicas de cada unidad familiar y proporcionando un recurso continuo para aquellos que realmente lo necesitan.
¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA AYUDA?
Para acceder a esta ayuda, los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos establecidos por la Seguridad Social. Entre los principales, se encuentran:
- Residencia legal en España: Deben haber residido de manera continuada en el país durante al menos un año antes de la solicitud.
- Límites de ingresos: Los ingresos y el patrimonio familiar deben estar por debajo de los umbrales establecidos para cada tipo de unidad familiar.
- Unidad familiar estable: Los miembros del hogar deben tener vínculos legales (matrimonio, parentesco, pareja de hecho) y haber convivido juntos durante al menos seis meses.
- Edad mínima: El titular debe tener al menos 23 años, salvo en casos excepcionales.
Además, existen excepciones que permiten la inclusión de personas que atraviesan situaciones críticas, como víctimas de violencia de género o desahucios.
Puedes comprobar si puedes acceder a la ayuda a través del simulador de la Seguridad Social.
CÓMO SE CALCULA LA CUANTÍA DE LA AYUDA
La cantidad asignada a cada familia varía según la composición del hogar y sus ingresos. A continuación, algunos ejemplos:
- 677 euros mensuales para un adulto solo.
- 1.251 euros mensuales para una familia con dos adultos y dos menores.
- 1.489 euros mensuales para un hogar con tres adultos y más de tres menores.
Este cálculo se ajusta en función de los ingresos actuales de la unidad familiar, garantizando una ayuda personalizada para cada situación.
OBLIGACIONES PARA CONSERVAR LA AYUDA
Para seguir recibiendo esta ayuda, los beneficiarios deben cumplir ciertas obligaciones que fomentan su integración social y empleabilidad. Estas incluyen participar en programas de empleo y formación, notificar cambios en la unidad familiar, como variaciones en los ingresos o en la composición del hogar, declarar anualmente los ingresos a través de la declaración del IRPF y cumplir con los límites de ingresos laborales, si el beneficiario tiene un empleo.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones puede resultar en la suspensión de la ayuda.
CÓMO SOLICITAR LA AYUDA
La solicitud de la ayuda puede realizarse de dos formas: de manera presencial, acudiendo a una oficina de la Seguridad Social con cita previa o a través de internet, utilizando la Sede Electrónica de la Seguridad Social con un certificado digital o Cl@ve. En ambos casos, se debe presentar información sobre los ingresos, el patrimonio y la composición familiar, así como una dirección de correo electrónico válida.
BENEFICIARIOS INDIVIDUALES Y UNIDAD DE CONVIVENCIA
Además de las familias, también existen beneficiarios individuales que pueden optar a esta ayuda. Entre los casos más comunes, se encuentran personas mayores de 23 años que, aunque residan con su unidad familiar, no se integren en ella, siempre que cumplan ciertos requisitos, como no estar casados, no tener pareja de hecho ni formar parte de otra unidad de convivencia.
Asimismo, mujeres víctimas de violencia de género, personas sin hogar y aquellos que provengan de centros residenciales de protección de menores también pueden ser beneficiarios de la ayuda. Sin embargo, personas en servicio residencial de carácter social o sanitario no pueden acceder a esta prestación, excepto en casos específicos.
En cuanto a los titulares de la unidad de convivencia, estos deberán ser personas con capacidad jurídica y una edad mínima de 23 años, quienes representen a la unidad ante la Seguridad Social.
MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL DERECHO A LA PRESTACIÓN
La prestación puede ser modificada si cambian las circunstancias personales de los beneficiarios, y en ciertos casos, la suspensión o extinción del derecho puede ocurrir si los solicitantes no cumplen con las obligaciones establecidas. Además, el derecho a la prestación puede extinguirse por causas como el fallecimiento del titular o la pérdida de los requisitos exigidos.
COMPLEMENTOS ADICIONALES PARA LA INFANCIA Y DISCAPACIDAD
Además de la cuantía básica, se otorgan complementos por cada menor a cargo, con importes adicionales dependiendo de la edad, así como un complemento por discapacidad para las unidades de convivencia que incluyan personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.