Así cambian las jubilaciones a partir del 1 de abril: nuevas ventajas para seguir trabajando y cobrar pensión

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Alicia Romero | Mallorca, 29 de Marzo de 2025 | 13:17h

A partir del 1 de abril de 2025, la Seguridad Social implementará una serie de reformas significativas en las modalidades de jubilación parcial, activa y demorada. Estas modificaciones buscan mejorar la compatibilidad entre la percepción de una pensión y la continuación de una actividad laboral, ofreciendo mayor flexibilidad a los trabajadores en su transición hacia la jubilación. ​

CAMBIOS EN LA JUBILACIÓN PARCIAL

La jubilación parcial permite a los trabajadores reducir su jornada laboral mientras comienzan a percibir una parte de su pensión. Con la nueva normativa, se introducen las siguientes modificaciones:​

  • Anticipación de la jubilación parcial: Será posible acceder a la jubilación parcial hasta tres años antes de la edad ordinaria de jubilación, ampliando el límite anterior de dos años. ​
  • Reducción de jornada durante el primer año: Para aquellos que anticipen su jubilación más de dos años, la reducción de jornada durante el primer año deberá situarse entre el 20% y el 33%. ​
  • Contrato de relevo: La contratación del trabajador relevista deberá ser indefinida y a tiempo completo, y su duración mínima será de dos años después de que el jubilado parcial haya cesado completamente su actividad. ​
  • Flexibilidad en la reducción de jornada sin contrato de relevo: Los trabajadores que alcancen la edad ordinaria de jubilación podrán acceder a la jubilación parcial con una reducción de jornada de entre el 25% y el 75%, ampliando el límite anterior del 50%. ​

MODIFICACIONES EN LA JUBILACIÓN ACTIVA

La jubilación activa permite compatibilizar la percepción de la pensión con la realización de una actividad laboral. Las principales novedades son:​

  • Eliminación del requisito de carrera completa de cotización: Se suprime la exigencia de haber completado una carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa, facilitando su acceso a un mayor número de trabajadores, especialmente aquellos con carreras laborales más cortas o intermitentes. ​
  • Compatibilidad progresiva de la pensión con el trabajo: Se establece una escala que permite compatibilizar un porcentaje creciente de la pensión con la actividad laboral, según los años de demora en la jubilación:​ con un año de demora se puede compatibilizar el 45% de la pensión, con dos años de demora se puede compatibilizar el 55% de la pensión, con tres años de demora:​ se puede compatibilizar el 65% de la pensión, con cuatro años de demora se compatibiliza el 80% de la pensión y con cinco o más años de demora: se puede compatibilizar el 100% de la pensión.
  • Incremento adicional por continuidad laboral: Por cada 12 meses de actividad profesional ininterrumpida en jubilación activa, el porcentaje de la pensión compatible con el trabajo se incrementará en 5 puntos porcentuales, sin superar el 100% de la pensión. ​
  • Compatibilidad con incentivos de la jubilación demorada: Se permite combinar la jubilación activa con los incentivos económicos de la jubilación demorada, incrementando así el importe de la pensión para aquellos que decidan prolongar su vida laboral. ​

MEJORAS EN LA JUBILACIÓN DEMORADA

La jubilación demorada incentiva a los trabajadores a retrasar su retiro más allá de la edad ordinaria, ofreciendo beneficios económicos. Las reformas introducen: incentivos adicionales por semestres: A partir del segundo año de demora, se podrá recibir un incentivo adicional del 2% por cada seis meses adicionales de trabajo, en lugar de esperar a completar un año completo para obtener el beneficio. ​

Estas medidas, enmarcadas en el Real Decreto-ley 11/2024, buscan facilitar una transición más flexible y adaptada a las necesidades individuales de los trabajadores hacia la jubilación, promoviendo la sostenibilidad del sistema de pensiones y reconociendo la diversidad de trayectorias laborales. ​

Para más información y detalles sobre estas reformas, se recomienda consultar la página oficial de la Seguridad Social o contactar con sus servicios de atención al ciudadano.

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Comentarios

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  • Bibiloni - Mallorca, 29 de Marzo de 2025 | 17:08h
    El PSOE Y SUMAR BUSCAN VOTOS DEBAJO DE LAS PIEDRAS, cambio radical del SMI , ahora no pagará IRPF, Pago a los MUTUALISTAS PENSIONISTAS EN IN SOLO AÑO AHORA ESTA MEDIDA PARA PODER TTABAJAR Y COBRAR PENSIONES, &&&&LAS ELECCIONES GENERALES PARA ESTE AÑO, quieren los votos de estos colectivos
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