Multa de 21.200 euros a una web por no devolver el dinero de las entradas de un partido cancelado del Mallorca

Redacción | 08/09/2022

La Dirección General de Consumo de las Islas Baleares ha impuesto una multa de 21.200 euros a InverXial Group SL, empresa encargada de la plataforma online de venta de entradas entrees.es, por no devolver a dos personas el dinero de ocho localidades que habían comprado para el partido de Primera División entre el RCD Mallorca y FC Barcelona tras confirmarse la cancelación del mismo después de decretarse el Estado de Alarma en marzo de 2020.

Dos usuarios habían adquirido a través de esta página web dos y cinco entradas respectivamente para asistir al encuentro.

Tras anunciarse la suspensión del partido ante el avance de la Covid-19, la empresa les remitió un correo electrónico informándoles de que se les devolvería el dinero de las entradas, algo que nunca ocurrió.

En el caso del primer afectado, entre marzo y junio fueron hasta seis las ocasiones en las que contactó con entrees.es para requerirle el reembolso de los 291 euros que había abonado por dos entradas.

El segundo afectado, por su parte, había pagado 520 euros por cinco entradas para este mismo partido.

Los dos usuarios pusieron los hechos en conocimiento de la Dirección General de Consumo de las Islas Baleares, quién efectuó hasta cuatro requerimientos de información a InverXial Group SL entre los meses de julio de 2020 y abril de 2021, no obteniendo respuesta alguna ni por correo electrónico ni postal.

Fèlix Alonso Cantorné, director general de Consumo del Govern balear, daba por finalizado en julio de 2021 el procedimiento de reclamación y se inició un expediente sancionador contra la empresa al observarse indicios de vulneración de la normativa en materia de defensa de los consumidores y usuarios.

CLÁUSULA ABUSIVA

Tras consultar la plataforma de venta de entradas, este organismo detectó que la empresa había establecido una cláusula abusiva en las condiciones y términos de uso, política de privacidad y protección de datos al incluir el siguiente apartado: "entrees.es gestiona la distribución de entradas por cuenta del organizador, por lo que queda expresamente eximido de toda obligación y/o responsabilidad que compete al organizador, lo que incluye cualquier reclamación por la realización, modificación, suspensión o anulación del espectáculo”.

Por ello, habría infringido el artículo 62.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley general para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, donde se expone que "se prohíben, en los contratos con consumidores y usuarios, las cláusulas que impongan obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de los derechos reconocidos al consumidor en el contrato".

El artículo 81.II.13 de la Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidores y usuarias de las Islas Baleares tipifica como infracción grave el hecho de introducir cláusulas abusivas en los contratos, y lo castiga con multas que oscilan entre los 4.500 y los 24.000 euros.

Por otra parte, el hecho de no devolver el dinero de las entradas adquiridas a estos usuarios también supondría una infracción leve al infringir la normativa vigente en materia de consumo.

En concreto, se vulneró el artículo 36 del Real Decreto- ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la Covid-19: "Si como consecuencia de las medidas adoptadas por las autoridades competentes durante la vigencia del estado de alarma o durante las fases de desescalada o nueva normalidad, los contratos suscritos por los consumidores y usuarios, ya sean de compraventa de bienes o de prestación de servicios, incluidos los de tracto sucesivo, resultasen de imposible cumplimiento, el consumidor y usuario tendrá derecho a resolver el contrato durante un plazo de 14 días desde la imposible ejecución del mismo siempre que se mantenga la vigencia de las medidas adoptadas que hayan motivado la imposibilidad de su cumplimiento".

La empresa también habría vulnerado el artículo 1.258 del Código Civil al no reembolsar el dinero de las entradas: "Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley".

DESESTIMA LAS ALEGACIONES

En enero de 2022, InverXial Group SL presentaba una serie de alegaciones contra la propuesta de sanción notificada por parte de la Dirección General de Consumo de las Islas Baleares.

La empresa exponía, entre otras justificaciones, que era sólo una intermediaria entre el RCD Mallorca y los usuarios, algo que se desestimó ya que "recibe directamente el dinero del consumidor y, por ello, es innegable que asume la responsabilidad de su devolución".

Además, este organismo de defensa de los consumidores asegura en su escrito que la empresa habría actuado de manera "negligente e incluso intencional, porque mantiene la redacción del clausurado a pesar de que sus actuaciones van más allá de la simple intermediación, colocando al consumidor en una clara posición de desventaja limitativa de sus derechos".

MULTA POR INFRACCIÓN GRAVE Y OTRA LEVE

La Dirección General de Consumo de las Islas Baleares ha resuelto el expediente sancionador contra la empresa propietaria de la plataforma entrees.es, imponiéndole una multa de 1.700 euros al catalogar de infracción leve el no haber devuelto a los dos denunciantes el dinero de las ocho entradas para el partido de fútbol entre el RCD Mallorca y el FC Barcelona, y otra de 19.500 euros por cometer una infracción grave al introducir una cláusula abusiva en sus contratos.

De este modo, el importe total de la sanción impuesta contra InverXial Group SL asciende a 21.200 euros.

El organismo advierte a la empresa de que si el pago de la multa no se hace efectivo en los plazos previstos, se seguirán los trámites de la vía de apremio a través de Hacienda, con los recargos por demora y los intereses legales pertinentes.

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