Las 'kellys' y sus enfermedades laborales: una guerra legal que no ha terminado
Adrián Oliver | 29/08/2021
Las camareras de piso, conocidas como 'kellys', siempre han estado envueltas en polémicas y denuncias referidas a sus condiciones de trabajo y a las enfermedades que ocasiona la dura labor en los hoteles en temporada alta, especialmente durante la época estival. Así, en un verano atípico caracterizado por la cambiante situación hostelera a causa de la COVID-19 y la oleada de ERTES, las camareras de piso denuncian sobrecarga de trabajo y, en especial, su mala situación con las mutuas que, según han manifestado, se niegan a tratar enfermedades que ellas consideran como profesionales dentro del sector.
En esa línea, la presidenta de la asociación Unión Kellys Baleares, Sara García, ha manifestado que en 2018 se hizo una mesa a tres bandas con asociaciones de Baleares, Madrid, Canarias y Andalucía, sindicatos generales y el Gobierno para reconocer enfermedades de cintura para arriba como el túnel carpiano, tendinitis o el codo de tenista como enfermedades laborales. Sin embargo, aún no hay ninguna de ellas explícitamente dispuesta en el Real Decreto 1229/2006 del BOE que reconoce las dolencias profesionales en todos los sectores laborales.
“Al no estar aprobadas explícitamente en el BOE, las mutuas pueden reconocerlo como una enfermedad no asociada con el trabajo y por tanto negarse a cubrir los gastos de su tratamiento, por lo que nos quedan dos opciones: ir a la Seguridad Social, que puede tardar más de tres años en tratarnos, o ir a los Juzgados para probar que se trata de una enfermedad laboral, pero la mayoría no tenemos el dinero suficiente para cubrir los gastos del proceso judicial”, ha lamentado García en una entrevista a Crónica Balear.
Por otra parte, también ha indicado que, aparte de reconocer las enfermedades ocasionadas por el duro trabajo en los hoteles y establecimientos vacacionales, deberían incluirse las dolencias asociadas con la edad que se ven potenciadas por este tipo de labores: “Conozco un caso de una mujer con 62 años que se rompió un menisco y su rodilla no funciona bien debido a la sobrecarga de trabajo. A las mujeres se nos descalcifican más rápido los huesos y eso las mutuas deberían de tenerlo en consideración, además de las bajas laborales derivadas de ello”.
LAS CAMARERAS OPINAN
Muchas de las camareras de piso secundan las declaraciones de la presidenta de Unión Kellys Baleares. De hecho, en una entrevista concedida a Crónica Balear, una de ellas ha contado su mala experiencia hace varios años en referencia a esta problemática.
“Una vez me pegó una tendinitis muy fuerte mientras trabajaba y me fui a la mutua, pero no me trataron alegando que era un desgaste y me mandaron a la Seguridad Social. Cuando llegué allí, rabiando de dolor, mi médico de cabecera dijo que tendría que haber ido a la mutua. Estuve cuatro o cinco meses con un dolor muy intenso”, ha explicado.
“Estuve muchos meses con ese dolor, y me trataron años después de que apareciera. El caso es que no deberías estar de baja por la Seguridad Social, sino que te curen las dolencias o te den una solución lo más pronto posible. Además, por experiencia mía y de otras compañeras, la mutua intentará darte de alta lo antes posible”, ha lamentado la camarera de piso a este periódico.
LAS MUTUAS RESPONDEN
Por su parte, las mutuas han querido responder a estas acusaciones alegando que solo pueden tratar y reconocer lo que está escrito en la ley y que si se aceptara un caso que no viniera estipulado en el BOE se estaría cayendo en una ilegalidad.
“Cuando una camarera de piso o cualquier otro trabajador va a una mutua, un tribunal médico valora la clase de enfermedad o dolencia que tiene y revisará su historial médico. Si concluyen que no puede ser considerada una enfermedad profesional no hay nada que hacer, porque no está reconocida dentro de la ley y estaríamos cometiendo una ilegalidad”, ha declarado la responsable de comunicación de Mutua Balear, Patricia Fonollá.
Según ha explicado Fonollá, la mayor parte de los casos que no son aceptados por las mutuas como enfermedad o accidente profesional derivan de dolencias que han tenido fuera del ámbito laboral y que después se acrecientan dentro del trabajo.
“Si por ejemplo un trabajador se hace daño en el tobillo haciendo bicicleta y después empeora mientras hace su trabajo no puede considerarse un accidente o una enfermedad laboral, porque ha sido una dolencia que se produjo fuera de horarios laborales”, ha manifestado.
Además, han añadido que en el caso de las mutuas públicas, estas son dependientes y colaboradoras de la Seguridad Social y deben acatar rigurosamente las leyes, y por tanto los cambios deben venir del Gobierno: “Nosotros no podemos admitir como profesional algo que no está en la ley, porque en parte dependemos del Estado. Es cierto que el Real Decreto que regula la situación está obsoleto y se deberían incluir y especificar más enfermedades, pero el cambio debe venir desde arriba”.
Asimismo, la mutua ha valorado la validez y la legitimidad de la mesa redonda celebrada en 2018 que ha comentado la asociación de Unión Kellys Baleares: “Este pacto surge ante la necesidad de que no se reconocía explícitamente a las camareras de piso como un trabajo incluido en el sector de la hostelería. Por tanto, esta mesa redonda sirve como aviso de que las ‘kellys’ efectivamente se incluyen dentro del sector así como algunas enfermedades asociadas a su trabajo como el túnel carpiano o el codo de tenista”.
Desde Mutua Balear también han querido mandar un mensaje de concordia al colectivo de las camareras de piso: “Nosotros también somos Seguridad Social, por lo que no tiene sentido que no queramos tratar a nadie si usamos dinero público para ello. Es cierto que es un tema delicado y que a veces la ley es difícil de interpretar y comprender, pero no tenemos ninguna razón para denegar un caso real de enfermedad o accidente laboral porque muchas somos una parte de la Seguridad Social”.