Las ayudas para autónomos y empresas de Baleares se podrán pedir a partir del 14 de junio

Redacción | 24/05/2021

El portavoz del Govern y conseller de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, Iago Negueruela, ha informado, este lunes, de que las ayudas estatales para autónomos y empresas de Baleares se podrán solicitar a partir del 14 de junio.

En rueda de prensa, en la que ha estado acompañado por la consellera de Hacienda y Relaciones Exteriores, Rosario Sánchez, el portavoz del Ejecutivo balear ha detallado este acuerdo del Consell de Govern, por el que el Govern autoriza la convocatoria de ayudas del Estado de 855 millones de euros.

Negueruela ha destacado los plazos de solicitud y pago de las ayudas, que llegarán previsiblemente a casi 33.000 autónomos y pymes de las Islas. Así, ha subrayado que la totalidad de las subvenciones concedidas se pagarán durante el mes de julio. Con esta previsión, Baleares se convertirá en la primea comunidad en pagar. "La liquidez es más necesaria que nunca", ha insistido.

El Real decreto ley 5/2021 estableció que a las comunidades autónomas correspondía el desarrollo y la gestión de estos fondos estatales, que han dispuesto de cierta flexibilidad para ampliar la lista de sectores elegibles para recibir este apoyo económico.

En el caso de Baleares, el Govern acordó ampliar en una cincuentena el número de CNAE susceptibles de recibir ayudas. Así, en las Islas se recogen más de 140 actividades susceptibles de ser beneficiarias de estas ayudas.

Además de la ampliación de CNAE, se han observado cuatro supuestos que recogen situaciones concretas de las islas, y que también son susceptibles de acogerse a las ayudas. Así, podrán pedir estas ayudas los autónomos de temporada, las empresas afectadas por la quiebra de Thomas Cook, las empresas de nueva creación y las empresas que llevaron a cabo fuertes inversiones el 2019.

Con el diseño de esta convocatoria, que se prevé que se publique en el BOIB este sábado, se ha establecido un mecanismo para garantizar que todas las empresas y los autónomos que tienen derecho a estas ayudas las reciban; es decir, que nadie quedará fuera de percibirlas, si se cumplen las condiciones exigidas.

El diseño de la convocatoria prevé cubrir costes que hayan supuesto una bajada superior al 30% del volumen de operaciones respecto a 2019, en dos líneas.

La primera es para empresas o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva sobre la renta de las personas físicas y llegarán hasta 3.000 euros.

La segunda línea es para empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa sobre la renta de las personas físicas y empresarios que apliquen el impuesto sobre sociedades. La cuantía de las ayudas pueden ir desde 4.000 hasta 500.000 euros.

En esta segunda línea, el Govern, junto con los integrantes del Pacto de Reactivación Económica, consideraron que el tope indicado por el Estado, fijado en 200.000 euros, no era suficiente para determinadas empresas, por lo cual se subió el tope hasta 500.000 euros, siempre con el objetivo de facilitar la viabilidad de las empresas y mejorar la solvencia.

Para agilizar el proceso de concesión de las ayudas, se avanzará el 100% de los importes por anticipo. Posteriormente se abrirá un periodo de justificación de pago de la deuda por parte de las empresas beneficiarias de la línea 2.

Entre los requisitos principales más específicos de estos fondos estatales figura, en primer lugar y como carácter genérico, que la empresa o el empresario autónomo estén incluidos en algunos de los más de 140 CNAE que recogerá la convocatoria en el BOIB.

De manera más específica, para los beneficiarios de la línea 2 se tendrá que acreditar más de un 30% de bajada del volumen de facturación con relación a 2019 --exceptuando las empresas de nueva creación entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020-- y que la base imponible de 2019 fue positiva, exceptuando las empresas afectadas por la quiebra de Thomas Cook y las que han llevado a cabo fuertes inversiones durante el 2019.

Además, las empresas y los profesionales beneficiarios estarán obligados a mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022, no podrán hacer un reparto de beneficios entre 2021 y 2022, ni podrán aplicar incrementos de retribución del personal de alta dirección en dos años.

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