El juez da el primer paso para enviar a juicio a Truyol por los vertidos de aguas fecales

Redacción | 05/04/2022

La expresidenta de Emaya, Neus Truyol, saliendo del juzgado tras declarar por la investigación sobre los vertidos de aguas fecales a la Bahía de Palma

El Juzgado de Instrucción Número 12 de Palma ha dictado un auto en el que aprecia indicios de delito por parte de la expresidenta de Emaya y actual regidora de Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad, Neus Truyol, por los vertidos de aguas fecales a la bahía de Palma.

El juez ha presentado el auto a Fiscalía para que redacte el correspondiente escrito de acusación contra Truyol y otras personas investigadas en la causa.

Cabe recordar que en febrero de 2020, la regidora fue citada a declarar en el Juzgado de Vía Alemania en calidad de investigada por un presunto delito medioambiental en relación a los vertidos de aguas mixtas --pluviales y residuales-- de la depuradora de Palma.

La expresidenta de Emaya negó en sus declaraciones que el Ayuntamiento no actuara para intentar resolver el problema de los vertidos y defendió que se gestionaron correctamente los fondos del canon de saneamiento. Además, aseguró que el área de Medio Ambiente aprobó un plan de saneamiento que recogía la necesidad de una nueva depuradora para el Coll d'en Rabassa que debía impulsar el Estado.

LOS INVESTIGADOS "NO ACTUARON EFICAZMENTE"

El escrito del juez sostiene que en 2016 se realizó una investigación policial y se llevaron a cabo determinadas diligencias informativas de la Fiscalía de Medio Ambiente en relación con el emisario de Ciudad Jardín gestionado por Emaya.

En ellas se detectó que, en el proceso de tratamiento de aguas de las estaciones depuradoras de Palma, se vertían a la bahía y en ocasiones puntuales, como averías o días de lluvia, aguas que no habían completado el ciclo de depuración, careciendo de autorización de vertido.

En este sentido, Emaya elaboró y aportó a la Fiscalía informes sobre la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) 2, según los cuales su explotación era crítica en muchos puntos, debido a la vejez y precariedad de las instalaciones.

Además, dichos documentos afirmaban que no disponía de un tanque de tormentas y se saturaba hidráulicamente en diferentes días de lluvia, admitiéndose que se producían vertidos de aguas mixtas tanto al emisario como al Torrent Gros situado junto a la EDAR.

Según el escrito, los informes de Emaya indicaban también que, dadas las condiciones de depuración de la EDAR 2 y del emisario submarino, resultaba imposible autorizar el vertido, por lo que se habían iniciado los trámites para realizar el proyecto y ejecución de un nuevo emisario adaptado a la normativa vigente.

A la vista de tal información, del reconocimiento de los vertidos y de la necesidad de actuar inmediatamente, la investigación de la Fiscalía cesó con propuesta de archivo de las diligencias.

Con todo, el auto del juez explica que, en verano de 2018, a partir de las denuncias de particulares relativas a vertidos de aguas fecales en la bahía, se incoaron por parte de la Fiscalía nuevas diligencias de investigación, en las que intervinieron unidades especializadas de la Guardia Civil.

Como resultado de dicha investigación se averiguó que no se había construido ningún emisario adaptado a la normativa ni asociado a una nueva depuradora, por lo que situación era la misma que en 2016.

En este sentido, el resto de informes técnicos encargados por el juzgado y la Fiscalía General del Estado concluyeron que, durante este periodo, se llevó a cabo el vertido de aguas residuales sin depurar o deficientemente depuradas, y se produjo riesgo de daño grave sobre la calidad del agua de la bahía y sus ecosistemas, así como carga de contaminación microbiológica. También se consideró que la impulsión de aguas depuradas a la balsa de Can Guidet suponía un riesgo sobre el medio y sobre la salud humana por su reutilización como agua.

Además, el Instituto Geológico y Minero de España concluyó que "existe una clara relación entre la distribución de materiales pesados y la ubicación específica de los puntos de vertido, siendo en estos donde se han detectado las mayores concentraciones, con algunos valores muy elevados".

También establece que en la mayoría de muestras tomadas en las playas de Can Pere Antoni y Ciudad Jardín, los valores obtenidos de materiales pesados totales y parciales "superan los umbrales del valor regional tipo, correspondiente a los sedimentos de la zona".

Por todo ello, el juez entiende que entre noviembre de 2016 y septiembre de 2018, los investigados, cada uno dentro de su responsabilidad, infringieron la normativa protectora del medio ambiente y, a pesar de conocer la situación deficiente de la depuración, no actuaron eficazmente para evitar la continuidad de los vertidos.

Como consecuencia, "los vertidos continuaron por encima de los valores límite admitidos, con daño sustancial en la calidad de las aguas o plantas, perjuicio grave del equilibrio de los sistemas naturales y grave riesgo para la salud de las personas".

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Comentarios

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  • - 06 de Abril de 2022 a las 10:26
    La culpa es de la derecha, a que si Neus?
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  • Yo - 05 de Abril de 2022 a las 14:39
    Que aso me da esta mujer. ASCO
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    1
  • Fausto - 05 de Abril de 2022 a las 14:34
    Tota aquesta escòria política que creu que té autoritat per donar lliçons d'ètica i moral a tothom, és hora que la posin al seu lloc. Aquesta escòria és incapaç de reflexió, no arriben a tant, però que paguin amb el seu patrimoni el mal que ens fan. No acceptam lliçons d'aquest personal tan hipòcrita.
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