El Govern multa a Vueling por dificultar a una usuaria acceder al descuento de residentes

Redacción | 07/09/2022

El Govern ha iniciado un expediente sancionador por valor de 9.000 euros contra Vueling al entender que utiliza un método de venta de billetes que dificulta la obtención de descuentos por residente o familia numerosa a aquellas personas que viajan acompañados de menores de edad cuando no todos los pasajeros cumplen los requisitos para acceder a estos beneficios.

Victoria Gómez Soler interpuso una reclamación ante la Dirección General de Consumo porque la aerolínea no le permitió beneficiarse del descuento por residir en Baleares, ni del descuento por familia numerosa en el caso de sus nietos, cuando fue a recogerlos a la península, ya que al ser menores no pueden viajar solos.

Además, esta compañía tampoco le permitió realizar dos reservas independientes pese a especificar que los niños irían acompañados de un adulto en todo momento.

Ante la imposibilidad de tramitar los descuentos a los que tiene derecho y obligarle a comprar los billetes de manera conjunta, Victoria interpuso una reclamación para que le devolvieran el importe correspondiente a los descuentos de tres vuelos, además de poner los hechos en conocimiento de la Dirección General de Consumo.

Cabe recordar que el descuento por residente es una bonificación del 75% que otorga el Estado español en las tarifas de los servicios regulares del transporte aéreo a todos los ciudadanos de la Unión Europea que residan en las islas Baleares, islas Canarias, Ceuta o Melilla.

Este organismo de protección al consumidor requirió a Vueling los motivos legales y técnicos por los que no era posible aplicar estos beneficios en el caso denunciado.

La contestación de la aerolínea fue que el cliente debe contactar con el servicio de Atención al Cliente para que se le aplique dicho descuento una vez pagada la reserva de los billetes al precio normal.

Además, en la resolución expone que la aerolínea no tiene publicada en su página web ni en las condiciones generales de contratación, de una manera accesible, ninguna información relacionada con el procedimiento a seguir para adquirir reservas para viajar acompañados de familiares menores de edad.

INFRACCIÓN EN MATERIA DE DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES


Por todo ello, la Dirección General de Consumo de Baleares entiende que la compañía estaría incumpliendo el artículo 8.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley general para la Defensa de los Consumidores y Usuarios donde queda recogido que son derechos básicos "la protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular frente a las prácticas comerciales desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos".

Además, el artículo 81.1.8 de la Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Islas Baleares considera infracción en materia de consumo "utilizar cualquier método de venta que no informe, no posibilite o dificulte la obtención de los descuentos a los que tengan derecho los consumidores".

Del mismo modo, este organismo considera que la compañía también habría cometido otra infracción leve al no proceder a devolver a la usuaria el descuento al que tiene derecho por ser residente y/o familia numerosa. En este caso, el artículo 81.II. 32 tipifica como sancionable el "negarse injustificadamente a satisfacer las pretensiones del consumidor realizadas de buena fe o conforme al uso establecido".

PROPUESTA DE SANCIÓN DE 4.500 EUROS POR CADA INFRACCIÓN

La resolución de Baleares impone el grado máximo de 4.500 euros para cada una de las dos infracciones leves que habría cometido la compañía al apreciar agravantes como la "reiteración de la conducta infractora por haber cometido otras infracciones en materia de defensa del consumidor" y al entender que tiene un elevado volumen de ventas o de prestación de servicios con unos ingresos anuales de más de 1.000 millones de euros según sus cuentas de 2021.

La Dirección General de Consumo ha impuesto una sanción provisional de 9.000 euros, pudiéndose reducirse un 50% hasta los 4.500 euros si Vueling se acoge al pago voluntario de la multa en caso de estar de acuerdo con la resolución. Por el contrario, también dispone de 15 días desde la notificación para formular alegaciones o presentar recursos.

Sentimiento general

Si te equivocas de voto, puedes desmarcarlo volviendo a hacer clic en el voto erróneo.
0
Comentarios

Hola!, escribe un comentario para esta noticia.Comentar


Lo más visto de la semana
Lo más comentado de la semana