El Govern explica el informe que abre la vía a evitar desahucios en hipotecas firmadas antes del 2011

Redacción | 27/04/2023

La consellera de Salud y Consumo, Patricia Gómez, se ha reunido hoy con representantes de entidades, asociaciones y administraciones para dar a conocer el detalle del informe financiero que abre la puerta a las personas con hipotecas firmadas antes del 2011 a renegociar la cuota mensual si tienen dificultades económicas.

En el encuentro han estado presentes representantes de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), del Colegio de Graduados Sociales, así como Omar Lamin, director insular de Atención Comunitaria y Proyectos Estratégicos del IMAS, además de varios técnicos de esta institución.

El objetivo de la reunión es explicar los puntos más destacados del informe financiero, elaborado por el matemático Guillem Bou a petición de la Dirección General de Consumo, para que puedan asesorar a sus usuarios sobre cómo saber si su hipoteca es REDAL (del latino Redito ad Libitum ) y qué pasos deben hacer en caso de que necesiten renegociar las cuotas ante una imposibilidad de atender las mensualidades.

Este informe, asimismo, está colgado en esta web del Govern.

De acuerdo con lo que establece el estudio, alrededor de 200.000 hipotecas firmadas en las Islas Baleares se podrían ajustar al concepto REDAL: existe una imprecisión en el texto contractual que se firmaba habitualmente y esta opción permitiría al cliente afectado renegociar la cuota si por dificultades económicas no puede atender al pago mensual después de las últimas subidas. En este caso, la persona o familia endeudada tiene derecho a devolver un menor importe hasta llegar, en los casos más extremos, a pagar la cuantía equivalente a los intereses más un céntimo de euro.

Esto podría permitir detener impagos e incluso desahucios, inevitables con otras fórmulas.

¿QUÉ ES UNA HIPOTECA REDAL?

El informe expone que los contratos REDAL muestran una clara indefinición de las cuotas a pagar por capital o intereses y esto hace que sea imposible que el cliente pueda definir las cuotas futuras y, por tanto, se puede entender que es el banco o entidad lo que las fija unilateralmente, sin la negociación y consenso que exige la normativa de consumo.

Ante esta incertidumbre, el autor del informe concluye que los afectados pueden beneficiarse por rebajar la cuota mensual recalculando el pago mensual a cuantías que se puedan abonar según la situación económica de cada persona afectada.

De acuerdo con lo recogido en el informe, el Banco de España ya alertó en 2002 de que sin una fórmula o método explicitado en el contrato no existe un importe pactado de las cuotas y que, por tanto, la entidad no puede imponer un sistema de amortización ni siquiera en los casos en que fuese un sistema existente o que se utilizara habitualmente.

Prueba de ello es que tanto la Asociación Hipotecaria Española (AHE) como el Banco de España publicaron documentos en los que ya se hablaba de «contratos sin fórmula», uno de los tipos de REDAL existentes.

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