Cancelan una deuda de 44.633 euros a un ciudadano de Palma

Redacción | 03/04/2023

El Juzgado de Primera Instancia nº4 de Palma de Mallorca (Baleares) ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) en el caso de una persona con una deuda de 44.633 euros que no podía asumir, es decir, ha cancelado su deuda.

El caso ha sido tramitado por Repara tu Deuda Abogados, especialistas en España de la Ley de Segunda Oportunidad

Como explican los abogados, “el deudor se encontraba en una situación de insolvencia dada la imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones dinerarias. Trabajaba por temporadas en un hotel. Se vio obligado a solicitar préstamos ya que con su nómina no llegaba a final de mes. Sin embargo, tuvo que solicitar más para pagar los anteriores y utilizó tarjetas para los gastos esenciales. Llegó un momento en el que se encontró envuelto en un bucle del que no fue capaz de salir".

Por ello, "decidió empezar el proceso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Ahora ya dispone de su cancelación y puede empezar una vida libre de deudas”, comentan.

La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta que entró en vigor en España en el año 2015. Se trata de un mecanismo efectivo para que las personas insolventes puedan cancelar las deudas que han contraído y que, debido a diferentes circunstancias, no son capaces de asumir.

"En septiembre de 2022 se ha llevado a cabo una reforma de la ley para una simplificación del proceso y una disminución en los tiempos para lograr la segunda oportunidad”, informan desde Repara tu Deuda.

"Aunque fue aprobada hace ya varios años, lo cierto es que aún hay personas que desconocen la existencia de este mecanismo legal. Otras no lo usan al pensar de forma equivocada que se trata de un proceso más complejo de lo que realmente es", explican.

Hasta la fecha, el bufete ha logrado superar la cifra de 130 millones de euros exonerados a sus clientes a través de este mecanismo. Entre sus servicios, también se incluye la cancelación de tarjetas de crédito, tarjetas revolving, minicréditos, préstamos e hipotecas.

Esta legislación ampara a particulares y autónomos al permitirles quedar exonerados de sus deudas siempre que cumplan una serie de requisitos previos. En resumen, es suficiente con que la persona insolvente no haya sido condenada por delitos socioeconómicos en los diez últimos años, que actúe en todo momento de buena fe y que la deuda no supere los 5 millones.

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