El Govern multa a una empresa por cobrar a una anciana 8.000 euros por una enciclopedia

Redacción | 27/01/2023

El Govern ha multado con 76.500 euros a la empresa Consorcio Editorial, propiedad de Álvarez&Sicilia SL, por cobrar a una pensionista 8.000 euros por una enciclopedia de dos tomos, pese a que la usuaria desistió del contrato en el momento de la entrega.

Según consta en la resolución, firmada por el director general de Consumo, Félix Alonso, la empresa ha cometido cuatro infracciones al no ofrecer la información precontractual necesaria a la afectada, no respetar su derecho de desistimiento, ofrecerle un contrato que no contiene todos los requisitos que exige la contratación a distancia e incluir cláusulas abusivas en relación a la ejecución de dicho contrato.

Los hechos se remontan a enero de 2021, cuando dos comerciales de Consorcio Editorial se presentaron en el domicilio de la usuaria y la convencieron de que adquiriese una enciclopedia como forma de inversión, ya que esos productos se "revalorizarían". Así, firmó con ellos un contrato por dos libros -Facsimil Medicina y Facsimil San Francisco de Asís- más una cafetera Nescafé, por un valor de 3.960 euros cada tomo.

En el momento de la entrega, la afectada decidió sin embargo ejercer su derecho de desistimiento -que le correspondía al haber firmado un contrato fuera de un establecimiento de venta- pero la empresa siguió a su pesar cargándole los recibos mensuales por los productos, ya que disponía de sus datos de una compra anterior.

Así, Baleares ha considerado que Álvarez&Sicilia SL ha cometido tres infracciones graves y una leve por los cuatro hechos imputados, sancionando las tres primeras con 24.000 euros cada una y con 4.500 la última.

Entre otros incumplimientos, el contrato no establecía de forma clara el procedimiento de pago, y la redacción resultaba a todas luces confusa, al hablar en ocasiones de una cuota de entrada de 100 euros más una única mensualidad de 3.960 euros, y en otro lado señalar que se financia un total de 3.860 euros, aportando un número de cuenta donde realizar los cargos.

Además, obligaba a firmar la conformidad con los productos recibidos pese a que estos se entregaban con posterioridad a la realización del contrato, sin haber recibido ningún artículo en el momento de la firma.

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