Sancionan al hospital de Can Misses por anomalías en su servicio de cocina

Redacción | 09/01/2022

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha confirmado la penalización aplicada en 2018 por el Govern balear a la concesionaria del Hospital Can Misses por incumplir el control del tratamiento de alimentos al congelar y descongelar productos sin anotar la fecha.

El Tribunal ha rechazado la pretensión de la concesionaria de que se anulara la penalización que se acordó tras una inspección al servicio de restauración y cafetería del hospital.

La inspección constató que no se llevaba registro de las fechas de congelación y descongelación de determinados alimentos, y que de lo único que existía constancia era de la fecha de caducidad, ya superada, de alimentos congelados.

La empresa pedía al tribunal anular la penalidad contractual (a través de deducción del canon), porque aseguraba que no se había demostrado que sirviera alimentos caducados.

El TSJIB ha descartado la nulidad ya que la penalización no se debe a la "posibilidad" de haber servido comida caducada, sino al hecho de que no se dispusiera de un sistema de control de las fechas, lo que ya incumplía la normativa vigente.

"Esta falta de constancia documental", remarca el Tribunal, impedía comprobar que se cumplían garantías sanitarias, "que los alimentos se congelen unos días antes de su fecha de caducidad y que se controle la duración máxima de la congelación".

El Tribunal sólo estima parcialmente el recurso de la concesionaria respecto a que se trataría de dos infracciones únicas --una por el servicio de restaurante y otra por el de cafeterías-- en lugar de múltiples para cada lote o producto.

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