La Justicia balear declara que los ayuntamientos no pueden prohibir las corridas de toros

Redacción | 10/10/2022

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha declarado que los ayuntamiento no pueden prohibir las corridas de toros. 

En concreto, el Tribunal ha estimado la apelación presentada por la Fundación Toro de Lidia (FTL) al fallo de la sentencia 276/2020, de 13 de marzo, del juzgado Contencioso-Administrativo nº. 2 de Palma.

Esa sentencia de primera instancia desestimaba el recurso contencioso administrativo interpuesto por la FTL tras la aprobación por parte del pleno del Ayuntamiento de Calviá de una moción que declaraba al municipio como “amigo de los animales y antitaurino”.

Los hechos se remontan al 29 de octubre de 2015 cuando salió adelante la moción del grupo Esquerra Oberta declarando a dicho municipio contrario a la práctica de las corridas de toros y manifestando su voluntad de que no se celebren corridas de toros en ninguna plaza de toros de las Islas Baleares.

El manifiesto aprobado en ese pleno “implícitamente prohíbe las corridas de toros, debido a que manifiesta la intención de no otorgar las autorizaciones pertinentes, siendo competente el Ayuntamiento, por lo que implica una conculcación de la legalidad, además de que no puede adoptar actos que pretendan afectar a las Islas Baleares, más allá del ámbito de su competencia”.

La Sala de lo Contencioso-administrativo anula ese acuerdo del Ayuntamiento de Calviá argumentando que “consiste en una declaración de naturaleza política, siempre que la misma se encuentra al margen de las cuestiones de interés municipal y de las competencias que corresponden a la entidad local, de acuerdo con la Constitución y el marco normativo que le sea aplicable. A estos efectos carece de relevancia la doctrina del FJ 2 de la STC 42/2014”.

El portavoz de la Fundación Toro de Lidia, Chapu Apaolaza, recuerda que “ninguna ciudad o municipio que quiera declarar su antitaurinismo tiene la capacidad legal ello o para prohibir los toros. Eso es, hoy por hoy, ilegal. Según la jurisprudencia, ninguna autoridad municipal o autonómica puede dejar de proteger una manifestación cultural legal, como el teatro, el cine o los toros", apunta Apaolaza. "Tampoco puede declararse un municipio como antiteatro, antitrap, anti-C.Tangana o antidesnudos en la pintura", agrega.

Esta temporada se han celebrado festejos taurinos en el Coliseo Balear en Palma y en Inca.

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Comentarios

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  • Pep - 10 de Octubre de 2022 a las 21:14
    venga vengaaaa fuera toros, como cuesta eliminar la caspa de este país, que bien pegada esta!!!!!!!!!
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  • - 10 de Octubre de 2022 a las 19:04
    Porque no ponen en medio de la plaza a la madre de todos estos????
    Molaria, eh?
    Arrrrriba espanyistan!!!!!
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  • ironia on - 10 de Octubre de 2022 a las 16:28
    Que vuelva esa que tiraban una cabra del campanario, total son solo tradiciones, sin maldad...
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