Vox decide recurrir la sentencia de desbloquear los 34 millones a Plus Ultra

EP | 17/08/2021

Vox ha presentado un recurso de apelación contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid de desbloquear los 34 millones de euros que corresponden al segundo tramo del rescate a Plus Ultra.

El partido liderado por Santiago Abascal ha informado este martes en un comunicado que ha pedido paralizar la resolución adoptada por el magistrado suplente Jaime Serret al considerar que el bloqueo debe mantenerse porque la aerolínea -a su juicio-- no cumple con los requisitos normativos para la recepción de ayudas de fondos públicos.

La formación ha insistido en que "la necesidad de este desembolso no es consecuencia de la crisis generada por la pandemia del COVID-19, sino que Plus Ultra ha dado pérdidas desde su nacimiento".

En este sentido, Vox ha subrayado que el auto de 21 de julio por el que en un principio se paralizó la entrega reconocía que el segundo desembolso supondrá la "imposibilidad de restauración a la situación anterior". En el recurso, han denunciado que "las garantías en caso de incumplimiento son inexistentes".

Así, en declaraciones facilitadas a los medios, el diputado Víctor González ha remarcado que "es imposible" que Plus Ultra pueda devolver los 19 millones ya emitidos y ha hecho hincapié en que la aerolínea no ha entregado aval alguno, como sí se ha obligado a otras sociedades a la hora de recibir este tipo de préstamos.

LA DECISIÓN DEL JUEZ

El magistrado estimó que la suspensión de la entrega del préstamo participativo de 34 millones de euros "puede suponer el riesgo de insolvencia definitiva de Plus Ultra, obligándola a dejar de operar y creando un perjuicio a los pasajeros que han pagado por anticipado".

El juez aseguró que, aunque "todavía no se ha producido ningún perjuicio a la administración", en la causa se investiga la "hipótesis de haber entregado estos préstamos a una empresa en crisis sin ninguna posibilidad" de devolver los importes adquiridos.

Según consta en la resolución, el instructor consideraba que "no hay indicios objetivos" del delito de fraude en la obtención de ayudas públicas, "salvo las alegaciones de las acusaciones populares".

También aseguró que "por ahora no aparece delito de cohecho alguno ante la absoluta falta de referencia a la dávida o contraprestación por el presunto otorgamiento fraudulendo de la ayuda", ni delito de tráfico de influencias, "pues tampoco hay referencia alguna a ninguna situación objetiva de prevalimiento, por razones de amistad, parentesco, jerarquía a la que debe sumarse un acto de influencia".

En este sentido, el juez subrayó que el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (FASEE) aprobó la ayuda pública de 53 millones de euros a Plus Ultra "tras el filtro de los informes de un asesor financiero exterior y un asesor legal externo", quienes "comprobaron" el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa para otorgar ayudas a la solvencia de "empresas estratégicas".

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