El Govern amplía el plazo para pedir las ayudas al alquiler en Baleares

Redacción | 11/11/2021

La Conselleria de Movilidad y Vivienda ha decidido ampliar el plazo de presentación de solicitudes para solicitar las ayudas de alquiler de 2021 hasta el 30 de noviembre. El objetivo de esta ampliación es dar la posibilidad a la ciudadanía de acceder a la atención presencial y garantizar así que se pueda llegar al mayor número de personas destinatarias posible. A día de hoy, ya se han recibido cerca de 5.000 solicitudes para recibir la ayuda.

Para las ayudas de 2021 se ha habilitado el mayor presupuesto destinado hasta ahora a las ayudas de alquiler, un total de 9 millones de euros (9.028.000 euros), 8.928.000 del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y 100.000 euros de los fondos autonómicos para completar aquellos casos que no cubre el Plan Estatal.

Las ayudas se dirigen a aquellas familias que han pagado un alquiler dentro de 2021, de modo que puedan recuperar parte de lo que han abonado. Debe ser el alquiler de la vivienda habitual y la renta que paguen no puede superar los 900 euros mensuales.

Las personas solicitantes podrán recibir el 40% de lo que han justificado que han pagado por su alquiler en este año 2021 y en el caso de ser jóvenes menores de 35 años o personas mayores de 65 pueden recibir el 50% del importe. Existe, sin embargo, un techo máximo de 3.000 euros por familia.

En esta convocatoria de 2021 se han introducido una serie de novedades que serán positivas para facilitar a los solicitantes formalizar la petición y hacer más ágiles su tramitación y pagos.

Entre las nuevas condiciones, hay que destacar que se han elevado un 5% los ingresos que puede tener el núcleo familiar para acceder a las ayudas. Los ingresos del núcleo familiar no pueden ser superiores a 23.725,80 € anuales. Hay algunos casos (como familias numerosas, monoparentales o con personas con discapacidad) en las que los ingresos para acceder a las ayudas pueden ser superiores: de 31.634 euros o 39.543 euros, según los casos.

Además , por primera vez se equiparan a las familias monoparentales con las numerosas (gracias a una ley autonómica que les da los mismos derechos) y esto supone que pueden acceder a las ayudas a pesar de tener unos ingresos (dentro de los límites establecidos) más altos que los que se exigen a todos los efectos.

También será suficiente la presentación de una declaración responsable de no mantener deudas con la Administración para poder pedir las ayudas y no será exigible acreditar el depósito de fianza (el pasado año se exceptuó este requisito por la situación de la COVID-19 , pero ahora se ha establecido como regla general).

En cuanto a la tramitación , se realizarán pagos parciales y por bloques a medida que se vayan revisando y aprobando los expedientes.

Toda la información sobre el trámite de solicitud de las ayudas y los requisitos que deben cumplirse están en la web de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura: http://habitatge.caib.es o http://vivienda.caib.es.

Sentimiento general

Si te equivocas de voto, puedes desmarcarlo volviendo a hacer clic en el voto erróneo.
0
Comentarios

Hola!, escribe un comentario para esta noticia.Comentar


Lo más visto de la semana
Lo más comentado de la semana