¿Qué actividades vuelven y cuáles siguen sin estar permitidas mañana?

EFE | 12/04/2020

EP

Tras concluir el 9 de abril la restricción a las actividades no esenciales, mañana regresará al trabajo el grueso de empleados afectados por esta prohibición y las únicas limitaciones a la actividad volverán a ser las recogidas en el decreto de estado de alarma inicial del 14 de marzo.

Ese decreto, que ordenó el aislamiento social y restringió los movimientos, determinó las actividades que dejaban de llevarse a cabo y las que se restringían con la finalidad de proteger la salud de los ciudadanos.

- El decreto protege las actividades sanitarias, de seguridad y telecomunicaciones, aduanas, el suministro y distribución de alimentos y productos de primera necesidad, y el suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo y gas natural.

- También ampara los servicios indispensables de empresas e industrias auxiliares -componentes, limpieza, vigilancia y seguridad, mantenimiento y averías urgentes y transportes de mercancías y personas- necesarias para el funcionamiento de las actividades anteriores. También la recogida de basuras y el abastecimiento de agua.

- Se protege el transporte público, aunque sujeto a restricciones en la oferta. A partir de mañana, además, comenzarán a repartirse mascarillas para los trabajadores que lo empleen.

- La administración de Justicia y todos los servicios ligados a este sector mantienen actividad de acuerdo a los servicios esenciales fijados.

Comercios

- Sigue sin estar permitida la apertura de bares y establecimientos de restauración -que solo pueden prestar servicio a domicilio-, discotecas, instalaciones culturales, de ocio, recintos deportivos, parques de atracciones y auditorios. Sigue la prohibición de las verbenas, desfiles, fiestas populares y manifestaciones folclóricas en recintos abiertos y vías públicas.

- Los comercios cuya actividad permite el decreto son tiendas de alimentación, farmacias, centros médicos, ópticas, ortopedias, prensa y papelería, estancos, gasolineras, tiendas de alimentación de animales domésticos y tecnología, comercio por Internet, lavanderías.

- En el caso de las peluquerías, solo se mantiene el servicio a domicilio para garantizar la atención e higiene de las personas más vulnerables.

- Los medios de comunicación pueden seguir manteniendo su actividad.

Por consiguiente, continuará el estado de alarma y el confinamiento. Los españoles podrán salir de sus hogares solo para ir al trabajo o dotarse de elementos esenciales (alimentos y medicamentos). Esto se prolongará, como mínimo, hasta el próximo 26 de abril. Aunque el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya adelantó que con toda probabilidad tendrá que volver a pedir una nueva prórroga del estado de alarma.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha indicado que todavía España no se encuentra en fase de desescalada de las medidas adoptadas el 14 de marzo, cuando se declaró el estado de alarma. Por lo tanto, continúa el confinamiento con el cierre de centros educativos, de establecimientos de ocio y se deben seguir manteniendo todas las medidas preventivas de distanciamiento social.

Recuperación de horas

Tras vencer este permiso retribuido recuperable aprobado por el Gobierno, los trabajadores deberán las horas de los ocho días laborables no trabajados.

No obstante, se exceptuaba a las personas que estaban desarrollando ya su actividad a distancia o mediante teletrabajo, a las personas incorporadas en expedientes de regulación de empleo (ERTE), a personas que en situación incapacidad temporal o con un permiso de paternidad o maternidad. Y a los trabajadores de servicios esenciales o aquellos excluidos por el decreto de declaración de estado de alarma.

La recuperación de las horas de trabajo de los 8 días lectivos de permiso podrá hacerse efectiva desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020. Aunque se requiere de una negociación previa en un periodo de consultas entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras, que tendrá una duración máxima de siete días.

Mascarillas  lavado de uniformes

Para la vuelta a la normalidad de las actividades no esenciales el Gobierno ha aprobado una guía de buenas prácticas en centros de trabajo. Esta guía está consensuada con los agentes sociales, para garantizar la seguridad y la protección de los trabajadores.

Siguiendo las nuevas recomendaciones del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, voluntarios de Protección Civil y la policía local y autonómica repartirán en los próximos días 10 millones de mascarillas en el transporte público. No obstante, el Gobierno considera que "no es imprescindible" usar la mascarilla durante la jornada laboral si el tipo de trabajo no lo requiere. Y siempre que se mantenga la distancia interpersonal.

La guía recomienda que no se acuda al centro de trabajo si se presentan síntomas o si se ha tenido contacto "estrecho" con infectados. Al menos, hasta confirmar que no hay riesgo para uno mismo o los demás.

Además, tampoco deberán acudir las personas más vulnerables por edad, embarazo o padecer afecciones médicas que, en caso necesario, pueden contactar con su médico para que acredite su necesidad de aislamiento. Esto se considerará a efectos laborales una situación asimilada al accidente de trabajo para la prestación económica de incapacidad temporal.

Lavado de uniformes

Hay que evitar medios de transporte que supongan la agrupación de personas. En caso de utilizar el coche o VTC, se tienen que extremar las medidas de limpieza y evitar que viaje más de una persona por cada fila de asientos.

En los viajes en autobús, metro o tren, se recomienda guardar la distancia interpersonal con otros viajeros. Y, en el caso del transporte público, "la guía recomienda usar una mascarilla higiénica, no médica".

En cuanto a los uniformes de trabajo, estos se deberán embolsar y cerrar y se trasladarán hasta el punto donde se haga su lavado habitual. Se recomienda un lavado con un ciclo completo a una temperatura de entre 60 y 90 grados.

Acciones en los centros de trabajo: escalonar horarios y aforo máximo

En las propias sedes laborales, el Gobierno aconseja que los empleados mantengan la distancia interpersonal de dos metros.

Cuando se trate de empresas o establecimientos abiertos al público, deberán implementarse medidas para minimizar el contacto entre los trabajadores y el público. El Ejecutivo propone al respecto: establecer un aforo máximo, habilitar controles de acceso o facilitar equipos de protección individual cuando los riesgos no puedan evitarse.

Igualmente, cuando el espacio de trabajo no permita mantener la distancia interpersonal en los turnos ordinarios, los horarios de trabajo se tendrán que escalonar en la medida de lo posible. Además, se prevé que esto también evite aglomeraciones en el transporte.

Se tendrán que realizar tareas diarias de higienización "reforzada" y se deberá suministrar material higiénico y de protección suficiente para evitar los contagios entre los trabajadores.

Las empresas deberán facilitar el teletrabajo o condiciones laborales de bajo riesgo. Igualmente, el Gobierno pide no compartir equipos de trabajo o por maximizar la higiene en caso de que esto no sea posible. También recomienda ventilar a diario las instalaciones y reforzar las tareas de limpieza en todas las estancias.

Refuerzo de la frecuencia de transportes urbanos

De igual forma, el Gobierno reforzará la frecuencia de los transportes para evitar aglomeraciones y poder cumplir con las normas de distanciamiento social. A su vez, aprobará un protocolo para evitar aglomeraciones a través de la megafonía o de los vigilantes de seguridad.

En detalle, se vuelve a la orden de Transportes del 24 de marzo. Los servicios interurbanos de larga distancia se reducían un 70%. Y, en los urbanos, cada comunidad y ayuntamiento podrá establecer las frecuencias en función de la demanda.

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