El Govern facilitará el cobro de la renta social garantizada ante el retraso del ingreso mínimo vital

Redacción | 08/12/2020

La Conselleria de Asuntos Sociales y Deportes ha impulsado una modificación del Decreto Ley 10/2020 de prestaciones sociales de carácter económico de Baleares, para facilitar la gestión y tramitación de la renta social garantizada (Resoga) como prestación subsidiaria al ingreso mínimo vital (IMV).

Según ha informado la Conselleria en un comunicado de prensa, se trata de una medida que se ha tomado ante la situación provocada por la gestión del IMV, que se está resolviendo "muy lentamente y con términos no previstos inicialmente en la ley estatal".

La renta social garantizada es subsidiaria a cualquier otra prestación económica: al ingreso mínimo vital, la prestación de paro, al subsidio o la pensión no contributiva. Por lo tanto, si un ciudadano tiene derecho a una prestación económica antes de solicitar la renta social garantizada tiene que pedir la prestación anterior a la que tiene derecho.

Por este motivo, el Consell de Govern ha decidido aprobar una serie de modificaciones del Decreto Ley 10/2020 que permitirán por una parte facilitar el abono efectivo de la prestación y, por otra parte, evitar posibles situaciones de necesidad de algunas personas que, por varias razones, no pueden acceder al IMV.

La actual legislación establece que para que una persona pueda solicitar la renta social garantizada tiene que tener una resolución desestimatoria del ingreso mínimo vital. En este sentido, según la Conselleria, en los últimos dos meses ha habido un número muy considerable de resoluciones del ingreso mínimo vital, no desestimatorias sino que no se han admitido, sin que haya una petición por parte del Gobierno central de requerimientos a los ciudadanos para poder modificar esta situación.

Así, con la modificación del Decreto Ley 10/20, las familias de Baleares podrán solicitar la renta social garantizada con una resolución de inadmisión mientras solicitan de nuevo el IMV. También se modifica el decreto ley 10/20 de forma que, si ha transcurrido el plazo máximo para hacer la notificación por parte del Gobierno de resolución denegatoria o estimatoria, los ciudadanos afectados también podrán pedir la renta social hasta que les llegue la resolución y siempre que cumplan con los requisitos que contempla la Resoga.

Debido al retraso en las resoluciones del IMV, también se prorroga el cobro de las prestaciones económicas de la renta mínima de inserción hasta el 31 de marzo de 2021.

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